Más pago con tarjeta
Enviado por Editorial el Jue, 15/01/2015 - 08:58El BOE publica la resolución en la que la Seguridad Social amplía los supuestos para el pago con tarjetas de crédito o débito de las deudas contraídas con el sistema. La resolución tiene efectos a partir del día 15, momento a partir del cual se podrán pagar con tarjeta tanto las deudas en vía ejecutiva como en vía voluntaria no ingresadas en plazo.
A partir del día 15, se podrán pagar con tarjeta de crédito o débito las deudas que se hayan contraído con la Seguridad Social, tanto en vía ejecutiva como en vía voluntaria no ingresadas en el plazo reglamentario. Así se desprende de la resolución publicada en el BOE hoy. La Seguridad Social amplía así los supuestos en los que se pueden utilizar tarjetas de crédito o débito como medio de pago de las deudas contraídas con el sistema.