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COVID-19 tras el fin del estado de alarma: medidas urgentes para un futuro incierto

La Ley 2/2021, de 29 de marzo (BOE de 30 de marzo), adopta  un conjunto de medidas de prevención, contención y coordinación, con el objeto de seguir haciendo frente y controlando la crisis sanitaria por COVID-19 una vez expire la vigencia del estado de alarma y decaigan las medidas derivadas de su adopción.

Las medidas, que se resumen a continuación, serán de aplicación en todo el territorio nacional una vez finalizada la prórroga del estado de alarma (recuérdese que expira a las 00:00 horas del próximo 9 de mayo) y hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria, si bien ha de terse en cuenta que las contempladas en su articulado (arts. 6 a 31, excepción hecha de las previsiones contenidas en el art. 15.2 para la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de baloncesto) y en su disposición adicional 5ª (dispensación de medicamentos en modalidad no presencial) únicamente serán de aplicación en las provincias, islas o unidades territoriales que hayan superado la fase III del Plan de desescalada, y en las que hayan quedado sin efecto todas las medidas del estado de alarma.

Adicionalmente, también se introducen una serie de modificaciones puntuales de la legislación sanitaria de modo que se garantice a futuro la articulación de una respuesta eficaz y coordinada de las autoridades sanitarias ante este tipo de crisis.

COVID-19: restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países

La Orden INT/294/2021, de 26 de marzo (BOE de 29 de marzo), prorroga hasta las 24:00 horas del 30 de abril de 2021 la Orden INT/657/2020, de 17 de julio y deja sin efectos, a partir de las 18:00 horas del día 30 de marzo de 2021 (hora peninsular), la Orden INT/1236/2020, de 22 de diciembre.

COVID-19: Otra prórroga más de la limitación de vuelos con Brasil y Sudáfrica

La Orden PCM/284/2021, de 24 de marzo (BOE de 25 de marzo), prorroga hasta las 00:00 horas del día 13 de abril de 2021 (hora peninsular) la eficacia de las previsiones contenidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles, que expiraba a las 18:00 horas del día 30 de marzo de 2021 (hora peninsular).

Víctimas de violencia de género: medidas urgentes para una situación de emergencia

COVID-19: Se mantienen los controles en la frontera interior terrestre con Portugal hasta después de Semana Santa

Pese a que la situación epidemiológica en España y Portugal ha mejorado, la Orden INT/230/2021, de 13 de marzo (BOE de 15 de marzo), mantiene las medidas preventivas hasta las 00:59 horas del 6 de abril de 2021.

COVID-19. Nueva prórroga de limitaciones de vuelos y buques de pasaje entre España y Reino Unido, Brasil y Sudáfrica

La Orden PCM/222/2021, de 10 de marzo (BOE de 12 de marzo) prorroga, hasta las 18:00 horas del día 30 de marzo de 2021 (hora peninsular), la eficacia de los Acuerdos del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020 y de 2 de febrero de 2021, por los que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, limitando los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles y los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.

Cambios en la regulación y funcionamiento del Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas

El Real Decreto 144/2021, de 9 de marzo (BOE de 11 de marzo y con entrada en vigor el 12 de marzo), modifica el Real Decreto 221/2008, de 15 de febrero, por el que crea y regula el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas (CERSE), órgano colegiado interministerial, asesor y consultivo del Gobierno en materia de responsabilidad social.

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