Nueva regulación de las bajas médicas para la Guardia Civil
Enviado por Editorial el Mié, 04/02/2026 - 08:52El Consejo de Ministros ha aprobado una nueva regulación de la situación de incapacidad temporal para el personal de la Guardia Civil, que por primera vez se ordena mediante una norma con rango de real decreto, de acuerdo con la habilitación contemplada en los artículos 102 y 103 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.
El real decreto desarrolla la estructura, composición y funciones de la sanidad de la Guardia Civil en la gestión de las bajas por incapacidad temporal, que podrán ser de muy corta duración (de 1 a 4 días), cortas (de 5 a 30 días), de duración media (de 31 a 60 días) y de larga duración (más de 60 días).










