Instrucción sobre el régimen jurídico aplicable a los nacionales de Croacia
Enviado por Editorial el Mié, 17/07/2013 - 09:31
El pasado 1 de julio de 2013 se hizo efectiva la adhesión de Croacia a la Unión Europea como Estado miembro de pleno derecho.
En lo referente al acceso de los nacionales croatas al mercado de trabajo, de acuerdo con el Acta de Adhesión, los Estados miembros pueden aplicar medidas transitorias. Así, el Consejo de Ministros ha acordado que España aplicara el periodo transitorio de 2 años previsto en el Acta de Adhesión.
Por ello la SG de Inmigración y Emigración ha dictado la Instrucción SGIE/4/2013 sobre el régimen jurídico aplicable a los trabajadores por cuenta ajena nacionales de Croacia y a sus familiares conforme a la cual, y con respecto a la residencia, los ciudadanos croatas que a partir del 1 de julio de 2013 deseen residir en España por un periodo superior a 3 meses deberán solicitar personalmente la inscripción en el Registro Central de Extranjeros al igual que todos los ciudadanos de la UE.