Legislación

Asistencia jurídica gratuita sin IVA: La Ley 2/2017, de 21 de junio

En el BOE del 22 de junio se ha publicado la Ley 2/2017, de 21 de junio, de modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.

Se trata de una reforma puntual de la Ley de asistencia jurídica gratuita (vid. cuadro comparativo) para ratificar la obligatoriedad de la prestación del servicio público de justicia gratuita por los Colegios profesionales, el carácter indemnizatorio de los baremos de los profesionales del turno de oficio y la no sujeción de este servicio al IVA.

Transposición de seis directivas por Real Decreto-Ley y novedades en la normativa sobre desplazamiento de trabajadores

El Real Decreto-Ley 9/2017, de 26 de mayo, publicado y en vigor el 27 de mayo (corrección de errores en BOE de 8 de junio), transpone seis directivas que afectan a diferentes ámbitos. Una de estas directivas, la 2014/67/UE, relativa a la garantía del cumplimiento de la que regula el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional, se incorpora al ordenamiento interno con la modificación de la Ley 45/1999 y de la LISOS, recogiéndose los cambios en sendos cuadros comparativos.

Segundo «intento» de reforma de la estiba: El Real Decreto-Ley 8/2017, de 12 de mayo

Tal como se esperaba, y después de su aprobación en Consejo de Ministros de ayer, se publica en el BOE de hoy (sábado 13 de mayo de 2017) el Real Decreto-Ley 8/2017, de 12 de mayo, segundo intento de modificación del régimen de los trabajadores del servicio portuario de manipulación de mercancías, para dar cumplimiento a la STJUE de 11 de diciembre de 2014 (Asunto C-576/13), comentada por el Director de la RTSS.CEF, D. Cristóbal MOLINA NAVARRETE, en la entrada de esta página que lleva por título «Estibadores portuarios: Y ahora ¿qué?».

La regulación contenida en el nuevo texto reformador, que según declaraciones del Ministro de Fomento cuenta con la conformidad de la Comisión Europea –y despierta desconfianza en los sindicatos al «no llegar a buen puerto» su principal reivindicación: la subrogación de plantillas–, incluye novedades respecto al que fue rechazado por el Congreso y deberá ser convalidado por éste en el plazo de 30 días (vid. comparación de textos).

Remitiéndonos al resumen de los contenidos del decaído Real Decreto-Ley 4/2017 en todo lo que no se ha visto alterado –si bien respecto a los plazos allí indicados deberá tenerse presente, para su adecuación, la fecha de entrada en vigor del nuevo RDL (14 de mayo de 2017)–, nos centraremos a continuación en las novedades contenidas en esta nueva versión.

Las empresas de la provincia de Lugo podrán solicitar subvenciones para la contratación de jóvenes por el Sistema de Garantía Juvenil

Extracto de la Resolución de 21 de abril de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con sede o centro de trabajo ubicado en la provincia de Lugo, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

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