«Continuar con el mismo objetivo que en ejercicios  anteriores» es el fin predicado en el Preámbulo de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales  del Estado para el año 2015 (LPGE), publicada en el BOE del 30 de  diciembre de 2014 (corrección de errores en BOE de 24 de marzo de 2015).
Como si de un «mantra» se tratara, estabilidad y sostenibilidad permitirán consolidar una política económica  orientada al crecimiento económico y la creación del empleo y, a fin de fijar y  reforzar ese pensamiento circular, la LPGE perseguirá como objetivo prioritario  para el próximo ejercicio reducir el déficit público y, sin descuidarlo,  buscará, además, efectuar una más eficiente asignación de recursos públicos. 
Como viene siendo habitual, esta ley incorpora todo un  conjunto de medidas (104 artículos, 97 disposiciones adicionales –esta vez  sistematizadas–, 7 transitorias, 25 finales y, eso sí, una única derogatoria) que  tienen incidencia en nuestro ámbito y que, en esta ocasión, deberán conectarse  con otras precedentes y simultáneas, algunas publicadas en el mismo día como el RDL 17/2014 –que deroga una de sus disposiciones  adicionales (la 48ª)–, sin las cuales el análisis resultaría incompleto.
D. José Antonio PANIZO ROBLES ha realizado el oportuno análisis  de las cuestiones que en materia de Seguridad Social (cotización,  revalorización de pensiones y acción protectora) se abordan en esta ley, y al  que se puede acceder pulsando: «EN ABIERTO»