Con entrada en vigor el próximo 14 de  septiembre, el Real Decreto  475/2014, de 13 de junio (BOE de 14 de junio), restaura la bonificación  del 40 % en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social  por contingencias comunes respecto del  personal investigador. En defensa de su «recuperación», en un contexto de  serísimas reducciones presupuestarias en materia de I+D+i y tras su  desaparición –con el RDL 20/2012-  durante casi dos años,  se argumenta en  el Preámbulo que este instrumento presenta «ventajas» respecto a los incentivos  de naturaleza tributaria al constituir una reducción inmediata en los gastos  empresariales, favorecer la contratación de personal investigador y ser, además,  «en ocasiones (…) el único incentivo con el que cuentan las empresas que no  tienen suficientes beneficios y cuota tributaria como para que las deducciones  en el pago de sus impuestos sea relevante». 
Esta opción por una vuelta al sistema de  bonificaciones –como se sabe, no exenta de críticas–, tiene su fundamento legal  en la LPGE para 2013 (dis. adic. 79ª, modificada por la LPGE 2014 que establece la financiación a cargo del SPEE) donde,  con efectos desde 1 de enero de 2013 y vigencia indefinida, se autoriza al  Gobierno a su establecimiento y se emplaza a un desarrollo reglamentario que es  el efectuado por el Real Decreto que se presenta. Ésta es la circunstancia que  determina, por otra parte, la aplicación retroactiva de la regulación que se  resumirá a continuación, al personal investigador a tiempo completo en  situación de alta a partir del  1 de enero de 2013.