No se puede aplicar la reducción salarial acordada para el sector público a empresas privadas contratistas
Enviado por laboral el Vie, 28/09/2012 - 14:48En la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 20 de julio de 2012 (rec. núm. 196/2011), del que ha sido ponente el Magistrado García de la Serrana, se explica el porqué.
Los antecedentes de hecho son los siguientes:
El Gobierno de Aragón aprobó la Ley 5/2010, por la que se adoptan medidas extraordinarias en el sector público trayendo como consecuencia la modificación, a su vez, de la Ley de Presupuestos para dicha comunidad para el año 2010, en concreto su artículo 24, estableciéndose que las retribuciones complementarias del personal estatutario se reducirán un 5%.
Los representantes de los empresarios convocaron reunión de la Comisión Paritaria del convenio de limpieza de centros sanitarios dependientes del servicio aragonés de salud, para presentar nuevas tablas salariales con la disminución del 5% que prevé la Ley 5/2010 en los complementos que se detallan, no llegando a un acuerdo con los representantes sindicales.