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El número medio de afiliados a la Seguridad Social alcanza los 16.902.530 ocupados en marzo

El número medio de afiliados a la Seguridad Social alcanza los 16.902.530 ocupados en marzo

El número medio de afiliados a la Seguridad Social fue de 16.902.530 ocupados en marzo, lo que supone una pérdida de 490.224 afiliados en relación al mismo mes de 2011, y sitúa la tasa interanual para el conjunto del sistema en -2,82%, según datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Los retrocesos más significativos, en términos interanuales, se registraron en Construcción (-213.146), Industria manufacturera (-92.703) y Comercio (-49.108), frente a los avances en Educación (20.462) Actividades Sanitarias y Servicios Sociales (19.758), y Hostelería (3.201).

Respecto al mes anterior, la afiliación creció en el conjunto del sistema en 5.419 personas (0,03%). En el Régimen General el aumento fue de 28.473 ocupados, un 0,21% (3.922, el 0,03%, si no se computan los Sistemas Especiales Agrario y del Hogar) con lo que el Régimen por cuenta ajena contabiliza una media de 13.566.795 afiliados. Hay que destacar el dato de las 90.634 altas al nuevo Sistema de Empleados de Hogar, frente a las 57.999 de febrero. Como consecuencia de su próxima extinción, el Régimen Especial del Hogar registra una caída de 29.308 afiliados.

Publicada la guía COTIZA 2012. Tesorería General de la Seguridad Social

Publicada la guía COTIZA 2012. Tesorería General de la Seguridad Social

El manual "COTIZA - Guía 2012" contiene información relativa a la cotización al Sistema de la Seguridad Social y está orientado a todos aquellos empresarios y profesionales que requieran de una información precisa y accesible desde cualquier localización y en cualquier momento. La información contenida en él solo tiene carácter divulgativo y en ningún caso es vinculante a la Tesorería General de la Seguridad Social.

TGSS

Sobre el cómputo del periodo de 90 días para considerar la existencia de un despido colectivo y de su nulidad por fraude de Ley

[Comentario a la STSJ de Navarra de 29 de marzo de 2010]

La sentencia comentada profundiza en el elemento temporal de los despidos colectivos: el plazo de 90 días como referente inicial para comprobar si se superan o no los umbrales numérico/porcentuales de extinciones no inherentes a la persona del trabajador; también el de encadenamiento de despidos objetivos por razones empresariales durante periodos sucesivos de 90 días para evitar el fraude. Incide en la forma de efectuar el cómputo del plazo (hacia atrás y hacia delante) y la extensión de la nulidad como reacción frente a conductas contrarias a la ley o en fraude de ley por ignorar el procedimiento previsto en el artículo 51 del ET.

Palabras clave: despidos colectivos/objetivos, procedimiento de regulación de empleo, periodo/s de 90 días y nulidad del despido.

 

Juan José Fernández Domínguez
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de León

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RTSS. CEF. NÚM. 349 (abril 2012)

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Disponible un nuevo certificado sobre prestaciones por desempleo

Disponible un nuevo certificado sobre prestaciones por desempleo

Ya está disponible, a través de la Sede Electrónica,  el certificado sobre "Importe de prestaciones por desempleo pendientes de percibir", que da cobertura tanto al contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a emprendedores como al Programa de sustitución de trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo".

SEPE

Aprobado el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012

Aprobado el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012
  • Se trata de los Presupuestos más exigentes para garantizar el cumplimiento del déficit en un momento de recesión.
  • El profundo ajuste de las cuentas para 2012 permitirá alcanzar el objetivo de déficit para el conjunto de las Administraciones Públicas del 5,3 por 100.
  • El Estado hará el mayor esfuerzo de consolidación de la democracia, con un ajuste de 27.300 millones de euros, entre control de gastos y aumento de ingresos.
  • Las partidas de los Ministerios se reducen una media del 16,9 por 100 hasta los 65.803 millones de euros.
  • Se incrementa el gasto en pensiones y se mantienen los sueldos de los funcionarios y las prestaciones por desempleo.
  • El Gobierno aprueba medidas tributarias excepcionales para aumentar la recaudación.

Revisión del sistema de tasas judiciales en segunda instancia

Revisión del sistema de tasas judiciales en segunda instancia

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Justicia sobre un Anteproyecto de Ley por el que se revisan las tasas judiciales vigentes desde 2002 y reguladas por la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. En este Anteproyecto de Ley de reforma de determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto nacional de toxicología y Ciencias Forenses también se introducen dos mejoras en la gestión: procuradores y abogados podrán facilitar el pago, y se establecerá la posibilidad de revisar la liquidación de la tasa durante la tramitación del procedimiento judicial.

El objetivo de esta iniciativa es evitar la litigiosidad artificiosa que satura actualmente los juzgados.

Se acerca mi jubilación: qué pasos doy

Se acerca mi jubilación: qué pasos doy

Estoy rondando los 65 años, la edad a la que quiero -y puedo- jubilarme. Las preguntas y dudas que había dejado para más adelante se convierten en urgentes: cuándo me puedo jubilar, qué digo a la empresa en la que trabajo, a quién me dirijo para solicitarla, qué papeles me van a pedir. Y la pregunta clave: cuánto me va a quedar de pensión. El asunto no es tan complicado. Síganos...

1. ANTES DE EMPEZAR

Para tomar la mejor decisión es fundamental disponer de toda la información. Debe conocer las respuestas a las siguientes preguntas:

¿Me puedo jubilar?

Sí, en cuanto cumpla 65 años, siempre que: 1) haya cotizado quince años a la Seguridad Social (5.475 días); y que 2) en los quince últimos años haya cotizado al menos dos años. Además, tengo que estar al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social si soy responsable de pagarlas (si soy autónomo, por ejemplo).

¿Me conviene la jubilación?

La Seguridad Social registró en febrero un saldo positivo de 5.808,88 millones de euros gracias a las transferencias desde el Estado

La Seguridad Social registró en febrero un saldo positivo de 5.808,88 millones de euros gracias a las transferencias desde el Estado

Las transferencias por valor de 2.477,3 millones de euros recibidas desde el Estado han permitido a las cuentas de la Seguridad Social arrojar un saldo favorable de 5.808,88 millones de euros en febrero de 2012, el equivalente al 0,55% del PIB, lo que a la vez supone una mayor liquidez para el Sistema.

El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, recuerda que "esta circunstancia es determinante en el resultado obtenido, puesto que en términos homogéneos -sin la aportación del Estado citada- los ingresos no financieros reflejarían un descenso del 0,27%, y por tanto el resultado presupuestario se situaría en 3.331,57 millones de euros, por debajo del obtenido en 2011 (3.956 millones de euros)".

Por este motivo, Burgos recuerda que "el resultado que arroja la ejecución presupuestaria de febrero no debe generar expectativas engañosas". "La realidad es que la recaudación por cotizaciones sociales -el verdadero motor del Sistema- cayó en febrero 4% anual, mientras los pagos en pensiones contributivas avanzaron un 4,5%. Una brecha que no debe causar alarma, pues las pensiones con este Gobierno están plenamente garantizadas".

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