La Seguridad Social no recurrirá la sentencia que reconoce una pensión de orfandad absoluta
Enviado por Editorial el Mar, 25/02/2014 - 11:15
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Almería que reconoce el derecho de una menor a percibir una pensión de orfandad con el incremento del 52% correspondiente a la pensión de viudedad, consecuencia del fallecimiento de la madre víctima de un caso de violencia de género.
La sentencia concluye que en el presente supuesto la situación de la menor debe ser equiparada a la de un huérfano absoluto, habida cuenta la condena del padre como autor del asesinato de la madre, la privación de la patria potestad, y la situación de hecho de abandono de la menor por parte de su progenitor.