TS. La indemnización por despido abonada en cantidades progresivas mensuales durante un largo periodo de tiempo (garantizadas mediante póliza de seguros) no computa como renta a efectos de percibir el subsidio de desempleo
Enviado por Editorial el Vie, 20/10/2023 - 11:47Despido improcedente. Abono de la indemnización mediante cantidades progresivas mensuales durante siete años como consecuencia de la póliza de seguros suscrita por la empresa de la que es beneficiario el trabajador. Consideración o no como renta (a efectos de superar el 75% del SMI) para ser beneficiario del subsidio de desempleo de las imputaciones que, como rendimientos del capital mobiliario, realiza la compañía aseguradora, por mandato de la legislación fiscal, de la cantidad que percibe anualmente el trabajador.