Legislación

Publicado el real decreto por el que se fija el SMI para 2023

Publicado el real decreto por el que se fija el SMI para 2023. Imagen de unos bloques de madera con signo porcentual y flecha hacia arriba

El Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero (BOE de 15 de febrero), por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2023, establece las cuantías que deberán regir entre el entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, procediendo su abono, en consecuencia, con efectos del 1 de enero de 2023.

Las nuevas cuantías, que representan un incremento del 8% respecto de las previstas en el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fijó el SMI para 2022, y cuyos efectos fueron prorrogados mediante el artículo 100 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, quedan fijadas en:

Medidas del primer real decreto-ley de 2023 en vigor el 1 de septiembre: los incentivos a la contratación

RDL 1/2023: incentivos a la contratación vigentes el 1 de septiembre. Imagen de calendario de pared del mes de septiembre de 2023

En el BOE del pasado 11 de enero se publicó el Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, convalidado por Resolución de 24 de enero de 2023.

Esta primera norma de extraordinaria y urgente necesidad del año difiere su entrada en vigor al 1 de septiembre de 2023. No obstante, esa vacatio legis no opera para todo su contenido, habiéndose recogido en una primera «entrada» las modificaciones cuya vigencia era inmediata y en una segunda las que lo harán el 1 de abril y el 1 de julio de este año. En esta se dará cuenta de aquellas modificaciones que serán efectivas el 1 de septiembre y que afectan a los incentivos a la contratación laboral.

Publicada la Orden de Cotización para 2023

En el BOE del 31 de enero y con efectos desde el día 1 de enero de 2023, se publica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el presente ejercicio 2023.

Teniendo en cuenta que en tanto no se apruebe el salario mínimo interprofesional para el año 2023, el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, ha prorrogado la vigencia del Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero por el que se fijó el salario mínimo interprofesional para 2022, en este sentido, las bases de cotización de todos los grupos profesionales previstas en esta orden tendrán carácter provisional hasta que, mediante una nueva orden ministerial, se aprueben de forma definitiva.

Bases de cotización para 2023 de los grupos segundo y tercer del RETMAR

Varios barcos de pescadores en la misma dirección rodeados de gaviotas

En el BOE del 17 de enero se publica la Orden ISM/25/2023, de 13 de enero, por la que se establecen para el año 2023 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (RETMAR) incluidos en los grupos segundo y tercero.

Medidas del primer real decreto-ley de 2023 en vigor el 1 de abril y el 1 de julio de 2023

Estudio de rodaje y la claqueta en primer plano

Como ya se tuvo oportunidad de indicar el pasado del 11 de enero, en el BOE de ese día se publicó el Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, primera norma de extraordinaria y urgente necesidad del año que prevé una demora de su entrada en vigor hasta el 1 de septiembre de 2023.

No obstante, esa vacatio legis no opera para todo su contenido, recogiéndose en una primera «entrada» las modificaciones cuya entrada en vigor era inmediata, para, en esta, dar cuenta de aquellas que lo harán el 1 de abril y el 1 de julio de este año y, en una posterior, las que serán efectivas el 1 de septiembre.

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