Legislación Estatal

El Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril: una reforma estructural del Sistema Nacional de Salud

La entrada en vigor hoy mismo del Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, el decimosexto en lo que llevamos de año, persigue en palabras de su Exposición de Motivos “afrontar una reforma estructural del Sistema Nacional de Salud dotándolo de solvencia, viabilidad y reforzando las medidas de cohesión para hacerlo sostenible en el tiempo”. Una reforma que, al lector, titular del derecho a la protección de la salud y, seguro, usuario o beneficiario del mismo, le corresponderá calificar, pero que no puede dudarse afecta a los pilares del sistema sanitario, a los derechos y obligaciones que lo definen: cobertura, gasto, prestaciones y…resultados.

 

La jornada del personal al servicio de la Administración de Justicia: 37 horas y media

Con entrada en vigor el 29 de marzo, salvo en los supuestos en que se requiera la previa aprobación de la relación de puestos de trabajo, se regula en la Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas en régimen de dedicación especial para el personal al servicio de la Administración de Justicia.

Las previsiones contenidas en esta Orden son de aplicación a los funcionarios que integran los Cuerpos de Médicos Forenses, de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de Gestión Procesal y Administrativa, de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de Tramitación Procesal y Administrativa, de Auxilio Judicial y de Auxiliares de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (por tanto, no a los Secretarios Judiciales a los que será de aplicación su propia disposición -Orden JUS/797/2012-), desplegando sus efectos sobre todo el territorio nacional, con independencia de que con posterioridad se regulen en los ámbitos concretos los calendarios laborales específicos.

Ante las dudas y en tanto se elabora un nuevo reglamento de procedimientos de regulación de empleo...lo vigente del Real Decreto 801/2011

El cumplimiento -ayer- del plazo perentorio de un mes previsto para que el Gobierno elaborara un real decreto sobre el reglamento de procedimiento de despidos colectivos y de suspensión de contratos y reducción de jornada en desarrollo de lo establecido en el Real Decreto-Ley 3/2012, sobre reforma del mercado laboral, justifica la publicación de la Orden ESS/487/2012, de 8 de marzo, cuyo contenido gira en torno a determinar qué preceptos del Real Decreto 801/2011, se entienden vigentes y las particularidades de ajuste necesarias para su aplicación a la nueva situación.

Eliminación del postgrado para aquéllos licenciados de derecho que se matricularon antes del 31 de octubre de 2006, en virtud del Real Decreto-Ley 5/2012, de 5 de marzo

Se ha publicado el Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. La mediación como sistema alternativo a la resolución de conflictos se presenta con multitud de ventajas mediante la intervención de un profesional neutral que facilita la resolución del conflicto por las propias partes, de una forma equitativa, permitiendo el mantenimiento de las relaciones subyacentes y conservando el control sobre el final del conflicto. La capacidad para dar soluciones prácticas, efectivas y rentables a determinados conflictos entre partes, lo configura como una alternativa al proceso judicial o a la vía arbitral, relegando a los tribunales de justicia como último remedio, reduciendo considerablemente la carga de trabajo que soportan. El modelo de mediación se basa en la voluntariedad y libre decisión de las partes y en la intervención de un mediador, del que se pretende una intervención activa orientada a la solución de la controversia por las propias partes.

Con la aprobación del real decreto-ley se quiere resaltar la flexibilidad y la autonomía de las partes, cuya voluntad, expresada en el acuerdo que pone fin a la mediación, podrá tener la consideración de título ejecutivo, si las partes lo desean, mediante su elevación a escritura pública.

Modificadas las estructuras y competencias de la TGSS, INSS e ISM

Publicados los tres Reales Decretos de modificación de las estructuras de dichos órganos que pasamos a detallar:

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS)

El Real Decreto 448/2012 de 5 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Mediante el Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, se regula la estructura y competencias de la TGSS. Dicha norma ha sido objeto de diversas modificaciones posteriores, la ultima por Real Decreto 693/2010, aprobadas para adaptar la organización básica del servicio común de la TGSS a las nuevas competencias y necesidades.

A vueltas con las retribuciones de los directivos del sector público estatal

En desarrollo de la disposición adicional octava del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, dedicada a las “especialidades en los contratos mercantiles y de alta dirección del sector público estatal”, se publica el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, en vigor el día 7, regulando el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades del sector público estatal y fijando en el 13 de abril próximo la fecha límite para la adaptación a sus disposiciones de los contratos celebrados antes del 12 de febrero de 2012.

Publicado el V Acuerdo sobre solución autónoma de conflictos laborales

Se ha publicado la Resolución de 10 de febrero de 2012 de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el V Acuerdo sobre solución autónoma de conflictos laborales (sistema extrajudicial).

El Acuerdo fue suscrito el pasado 7 de febrero de 2012  de una parte por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.) y por la Unión General de Trabajadores (UGT) y de otra por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME).

Nace con la finalidad de que el sistema estatal de solución autónoma de conflictos disponga de instrumentos de aplicación general y directa sobre los sectores y empresas incluidos en su ámbito de aplicación, sin perjuicio de los sistemas propios existentes en determinados sectores y empresas.

El Acuerdo se compone de 3 Títulos, 3 Disposiciones Adicionales, 2 Disposiciones Transitorias, una Final y para finalizar un Anexo de recomendaciones sobre las comisiones paritarias.

Publicada en el BOE la Resolución por la que se determina la tramitación de las ayudas del programa PREPARA

Ha sido publicada la Resolución de 15 de febrero de 2012, del Servicio Público de Empleo Estatal por la que se determina la tramitación para la concesión de las ayudas económicas establecidas en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, establecido en el Real Decreto Ley 1/2011 de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas.

En el artículo 2 del Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, se establecía una duración del programa de 6 meses desde su entrada en vigor, finalizando sus efectos el día 15 de agosto de 2011, siendo la Resolución que lo regula del 15 de febrero de 2011.

Posteriormente el Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto, prorrogó por un periodo de 6 meses la aplicación del mencionado programa de recualificación profesional de las personas que agoten la prestación desde el 16 de agosto al 15 de febrero 2012. La Resolución que regula la tramitación es la de 30 de agosto de 2011.

Asimismo por Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, en su Disp. Adic. Decimotercera, prorroga durante 6 meses más el programa PREPARA, desde el 16 de febrero de 2012 al 15 de agosto de 2012.

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