El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 18 de  noviembre,  un Real Decreto por el que se  regula el régimen jurídico y el procedimiento para establecer coeficientes  reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social,  en el caso de trabajos que, por ser excepcionalmente penosos, tóxicos o  peligrosos, registren índices elevados de morbilidad o mortalidad.
Este desarrollo reglamentario, que parte del acuerdo  con los agentes sociales, considera la jubilación  anticipada como situación excepcional, siempre que no sea posible cambiar  las condiciones de penosidad, toxicidad o peligrosidad, o el propio puesto de  trabajo. Los trabajadores autónomos podrán acceder a la jubilación anticipada  en los mismos supuestos y colectivos que se fijen para los trabajadores  asalariados.
El procedimiento que aprueba este nuevo texto legal  exige estudios previos de siniestralidad, penosidad, peligrosidad y toxicidad  de las condiciones del trabajo, de qué forma inciden en las bajas laborales que  generan en los trabajadores y los requerimientos físicos exigidos para  desarrollar la actividad laboral de que se trate.
Además, la norma recoge incentivos para las empresas  que adopten medidas que, sin ser obligatorias, contribuyan a eliminar o a  reducir estas características.