Legislación

Novedades legislativas abril 2009

Desarrollo del Estatuto del Trabajo Autónomo

El Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero (BOE de 4 de marzo) 1, desarrolla la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente (TRAUDE) y su registro, creando, además, el Registro Estatal de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos.

Los contratos celebrados entre los trabajadores económicamente dependientes y sus clientes deberán formalizarse siempre por escrito y ser registrados en la oficina pública correspondiente. El Real Decreto regula las características de dichos contratos subrayando la naturaleza civil, mercantil o administrativa de la relación, en ningún caso laboral; estableciendo los criterios para la determinación de la condición de TRAUDE, la comunicación de tal condición al cliente en el momento de la celebración del contrato y su acreditación; la duración del contrato, su forma y contenido mínimo, y la obligación que incumbe al trabajador de registrar el contrato en el plazo de diez días hábiles desde su celebración. Asimismo, establece las especificidades de este tipo de contratos para determinados colectivos: agentes de seguros, agentes comerciales y transportistas.

Novedades legislativas marzo 2009

Desarrollo de las medidas sociolaborales contenidas en el plan de apoyo al sector del calzado, curtidos y marroquinería

El Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero (BOE del 24), establece medidas para facilitar la adaptación laboral del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería a los cambios estructurales en el comercio mundial.

Las medidas giran en torno al establecimiento de un conjunto de bonificaciones y subvenciones con las que se persigue un doble propósito, por un lado, favorecer el mantenimiento del empleo en el sector, sector que ocupa a un colectivo de aproximadamente 40.000 trabajadores, la mitad de los cuales se concentra en la Comunidad Valenciana, repartiéndose el resto en Cataluña, Castilla-La Mancha, La Rioja y Andalucía y, por otro, que los trabajadores de mayor edad, que tienen escasas posibilidades de reinserción laboral, se integren en el mercado de trabajo.

Novedades legislativas febrero 2009

Establecido para el año 2009 el contingente de trabajadores extranjeros no comunitarios

La Resolución de 26 de diciembre de 2008 (BOE de 7 de enero de 2009), de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 19 de diciembre de 2008, por el que de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en los artículos 77 al 83 del Reglamento de la referida Ley Orgánica, se establece para el presente año el contingente de trabajadores extranjeros no comunitarios estables que se recoge en su Anexo I.

Novedades legislativas enero 2009

Aprobada la creación de dos fondos extraordinarios: Fondo Estatal de Inversión Local y Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo.

El Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre 1 (BOE del 2) aprueba la creación de un Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo que conllevan la aprobación de créditos extraordinarios por un total de 11.000 millones de euros con cargo al Presupuesto de 2008 (8.000 y 3.000, respectivamente). Ambos se financiarán con Deuda Pública.

Novedades legislativas diciembre 2008

Desarrollado el «plan de retorno»

El Real Decreto 1800/2008, de 3 de noviembre (publicado y en vigor el 11 de noviembre), desarrolla las previsiones contenidas en el Real Decreto-Ley 4/2008, de 19 de septiembre, sobre abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen, entendiéndose por país de origen el que corresponda a la nacionalidad del trabajador.

Novedades legislativas noviembre 2008

Regulación de las condiciones laborales de los trabajadores ferroviarios transfronterizos

El Real Decreto 1579/2008, de 26 de septiembre (BOE de 4 de octubre), incorpora al Derecho español la Directiva 2005/47/CE del Consejo, de 18 de julio de 2005, relativa al acuerdo entre la Comunidad de Ferrocarriles Europeos (CER) y la Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF) sobre determinados aspectos de las condiciones de trabajo de los trabajadores móviles que realizan servicios de interoperabilidad transfronteriza en el sector ferroviario, a través de la adición al Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, de una disposición adicional (la séptima), regulando las condiciones de trabajo aplicables, tanto a conductores y maquinistas, como al resto del personal de acompañamiento, que realizan servicios de interoperabilidad transfronteriza durante más de una hora de su jornada diaria. En concreto, se regulan los descansos diario, semanal y durante la jornada, así como el tiempo de conducción.

Novedades legislativas octubre 2008

Modificación de reglamentos generales en el ámbito de la Seguridad Social

 La Ley 20/2007, de 11 de julio, por la que se regula el Estatuto del trabajo autónomo (LETA), contiene diversas previsiones en materia de Seguridad Social, entre las que se encuentran algunas con una incidencia directa en el encuadramiento y la cotización de los trabajadores por cuenta propia o autónomos en el sistema de la Seguridad Social, como son las relativas a la cobertura de la incapacidad temporal y de las contingencias profesionales de dichos trabajadores y a la posibilidad que estos tienen de contratar, como trabajadores por cuenta ajena, a sus hijos menores de 30 años, medidas que además se encuentran estrechamente relacionadas con las de la Ley 18/2007, de 4 de julio.

Novedades legislativas septiembre 2008

Regulación de la contratación temporal de profesores colaboradores

El Real Decreto 989/2008, de 13 de junio (BOE de 1 de julio), establece las condiciones y plazos en los que, de modo excepcional, las universidades podrán contratar profesores y profesoras colaboradores entre diplomados, arquitectos técnicos o ingenieros técnicos. El plazo para convocar concursos para las contrataciones indicadas tiene como límite el 3 de mayo de 2013.

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