RTSS - Revista de Trabajo y Seguridad Social

Subinspectores de Empleo y Seguridad Social (Caso Práctico)

[Orden TIN/2334/2011, de 29 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social]

El presente caso práctico reproduce el enunciado del supuesto referido a la actividad de la Subinspección de Empleo y Seguridad Social planteado como tercer ejercicio en la convocatoria de la oposición para el ingreso en el Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social correspondiente a 2011 (Orden TIN/2334/2011). En él se efectúa un análisis de las cuestiones derivadas del planteamiento, incorporando la fundamentación jurídica de la respuesta.

Palabras clave: actas de infracción y de liquidación, cotización, extranjeros y derivación de responsabilidad.

Miguel León Arenzana
Laura Moro Quijada
Gonzalo Albornos Palomo

Subinspectores de Empleo y Seguridad Social

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RTSS. CEF. NÚM. 364 (julio 2013)

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Los estímulos a la contratación laboral de los jóvenes en el Real Decreto-Ley 4/2013

De las diferentes medidas adoptadas por el Real Decreto-Ley 4/2013 para favorecer la inserción laboral de los jóvenes, cabe distinguir entre las medidas dirigidas a fomentar el autoempleo o emprendimiento juvenil y aquellas que pretenden fomentar la contratación por cuenta ajena de este colectivo. El segundo grupo de medidas, que constituyen el objeto central de este trabajo, se encuentran básicamente recogidas en el capítulo III de la citada norma bajo la rúbrica de «estímulos a la contratación». A tal efecto, se regulan el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa para jóvenes, el contrato indefinido de un joven por microempresas y empresarios autónomos, el contrato de primer empleo joven, los incentivos a los contratos en prácticas para el primer empleo y los incentivos a la incorporación de jóvenes a entidades de economía social. A estas medidas con las que se pretende fomentar el empleo juvenil deben añadirse además la derogación de la prohibición de encadenamiento de contratos formativos y la admisión de la contratación para la formación y el aprendizaje por empresas de trabajo temporal. En este trabajo se van a exponer las diferentes medidas expuestas, sus objetivos y los mecanismos previstos para alcanzar dichos objetivos.

Palabras clave: jóvenes, desempleo juvenil, modalidades contractuales e incentivos a la contratación.

Josep Moreno Gené
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universitat de Lleida

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RTSS. CEF. NÚM. 364 (julio 2013)

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El Sistema de Seguridad Social en el contexto de la nueva sociedad del riesgo

El Sistema de Seguridad Social español lleva años sujeto a un constante proceso de reforma que ha afectado profundamente a todas sus instituciones, en sentidos muy diferentes, de forma que si desde la perspectiva subjetiva parece que puede concluirse en una extensión de su ámbito de aplicación, desde la perspectiva objetiva la tendencia es claramente la contraria, no tanto en los riesgos protegidos –que se han visto ampliados socializándose así riegos de carácter individual– cuanto en la intensidad de la protección dispensada que, por el contrario, ha iniciado un claro retroceso. El trabajo analiza dichos cambios en el contexto de la transformación de la sociedad industrial existente en el momento de implantación de los Sistemas de Seguridad Social centrando el núcleo de la reflexión en el análisis de si el Sistema de Seguridad Social resultante de dichas reformas –y de las que se avecinan–, va a poder cumplir efectivamente la función protectora que le es propia

Palabras clave: reforma del Sistema de Seguridad Social, protección social, sociedad del riesgo y sociedad reflexiva, incapacidad permanente, muerte y supervivencia y jubilación.

Arántzazu Vicente Palacio
Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Universidad Jaume I

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RTSS. CEF. NÚM. 363 (junio 2013)

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El sistema de pensiones sueco. Cuentas nocionales y factor de sostenibilidad

El presente artículo pretende exponer, de forma sencilla y completa, el funcionamiento de un sistema público de pensiones basado en las conocidas cuentas nocionales. Para ello se centra en el sistema de pensiones sueco, cuyo bagaje como sistema de reparto y de contribución definida es bastante completo. Tomando como referencia los diferentes informes anuales presentados por la Agencia Sueca de Pensiones (Swedish Pensions Agency), se hace una exposición de todas las expresiones empleadas para el cálculo de las pensiones de jubilación y el procedimiento que se sigue a la hora de calcular y aplicar el factor de sostenibilidad.

Con este artículo se pretende mostrar los aspectos claves de un factor de sostenibilidad en un sistema de pensiones adaptado a su aplicación, aspecto que ha de ser analizado por el Comité de Expertos Independientes que se encuentra trabajando en el ámbito de la Seguridad Social española.

Palabras clave: cuentas nocionales de aportación definida, sistema de reparto, factor de sostenibilidad e índice de salarios .

Alicia de las Heras Camino
Cuerpo Superior de Actuarios de la Seguridad Social

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RTSS. CEF. NÚM. 363 (junio 2013)

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Análisis factorial y mecanismos de articulación jurídica de la estructura de la negociación colectiva

La estructura de la negociación colectiva es la «radiografía» del conjunto de convenios, acuerdos y pactos colectivos vigentes en un momento determinado y de sus mutuas relaciones. El estudio de la misma constituye un observatorio privilegiado para analizar nuestro sistema de relaciones laborales. El presente estudio realiza un análisis de los distintos factores que intervienen en su conformación y de los distintos instrumentos creados por el ordenamiento jurídico para favorecer su ordenación y articulación. En este sentido, se valoran los diversos efectos que han tenido sobre la misma las recientes reformas legales que han apostado por situar a la negociación de empresa en el centro de gravedad de esa estructura. El estudio concluye con un repaso de los rasgos más característicos del modelo español: grado de cobertura y ordenación, así como niveles de negociación prevalentes.

Palabras clave: estructura de la negociación, unidades de negociación y articulación de la negociación.

Jesús R. Mercader Uguina
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad Carlos III de Madrid

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RTSS. CEF. NÚM. 362 (mayo 2013)

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La tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas a través de las modalidades procesales del artículo 184 de la Ley reguladora de la jurisdicción social

Tradicionalmente, la ley rituaria laboral ha articulado la protección de los derechos fundamentales y libertades públicas fundamentalmente a través de dos cauces: el proceso especial de tutela de derechos fundamentales y las modalidades procesales a las que remite en la actualidad el artículo 184 de la LRJS, que se consideran más adecuadas por razón de la materia laboral que constituye su objeto, en detrimento de la preferencia por el tipo de derecho vulnerado. La doctrina puso en entredicho la constitucionalidad de esta distinción. En este artículo se analiza en qué medida, tras la reforma introducida por la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, las vías extraordinarias de tutela cumplen efectivamente los requisitos de preferencia y sumariedad del artículo 53.2 de la CE, así como las peculiaridades de su tramitación cuando se acumula una pretensión de tutela de derechos fundamentales.

Palabras clave: proceso laboral, derechos fundamentales y libertades públicas, discriminación, despido y acoso laboral.

Aránzazu Fátima Roldán Martínez
Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad Europea de Madrid

Juan Manuel Herreros López
Profesor Titular de Derecho Constitucional
Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA)

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RTSS. CEF. NÚM. 362 (mayo 2013)

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La ayuda económica del artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004 y la obligatoriedad de la situación de desempleo. Una propuesta crítica

Desde el año 2004 la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género ha conseguido grandes cambios sociales y educacionales, pero también ha puesto en evidencia importantes carencias. Las ayudas económicas que se prevén en el artículo 27 de la Ley Orgánica al objeto de facilitar unos recursos mínimos de subsistencia que permitan a las mujeres víctimas de la violencia de género independizarse del agresor no cumplen, en realidad, el objetivo de conseguir su independencia económica y facilitar la salida de la situación de violencia, al vincular su concesión al informe de empleabilidad y a la situación de desempleo de las mujeres. Ello resulta incongruente con la finalidad de las políticas activas de empleo, con las medidas de inserción sociolaboral previstas en la propia norma, y con el momento de crisis económica y de desempleo que estamos viviendo.

El artículo hace un recorrido por la situación de desempleo de las mujeres y la especial vulnerabilidad y precariedad económica que sufren las víctimas de la violencia de género, para poner en evidencia las incoherencias de los requisitos exigidos en el texto de la Ley Orgánica 1/2004 con el que se considera que debe ser el espíritu del mismo y con las actuales necesidades de las víctimas de la violencia de género para la consecución de una integración laboral real y efectiva que posibilite que puedan vivir una vida libre de violencia.

Palabras clave: violencia de género, ayudas económicas, desempleo, informe de empleabilidad y precariedad económica.

Mariola Serrano Argüeso
Doctora en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Profesora de la Universidad de Deusto

Mónica Ibáñez González
Doctora en Sociología
Investigadora y Profesora de la Universidad de Deusto

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RTSS. CEF. NÚM. 362 (mayo 2013)

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El control de la actividad laboral mediante la captación y grabación de imágenes personales (vídeo-vigilancia) (Comentario a la STCO, Sala Primera, 29/2013, de 11 de febrero, rec. de amparo núm. 10522/2009)

En el marco de las relaciones industriales la «función empresarial» supone el control de la prestación del trabajo, el cual naturalmente se va adecuando a los avances tecnológicos. La instalación, con esa finalidad, de sistemas de captación y grabación de imágenes personales (vídeo-vigilancia), ha de respetar el derecho a la protección de datos de carácter personal de los trabajadores. Específicamente, ha de ofrecerles una información previa, expresa, precisa, clara e inequívoca sobre las características y el alcance de los sistemas instalados y del tratamiento de las imágenes grabadas, explicitando si pueden utilizarse para la imposición de sanciones disciplinarias por incumplimientos de las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo.

Palabras clave: derecho a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de datos personales, poder de dirección, poder sancionador, control de la prestación del trabajo y vídeo-vigilancia.

Antonio Tapia Hermida
Doctor en Derecho
Profesor Titular de Derecho Mercantil. Universidad Complutense de Madrid
Letrado de la Seguridad Social
Académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación

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RTSS. CEF. NÚM. 362 (mayo 2013)

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