Adhesión de España al Convenio OIT 183 (2000) sobre protección de la maternidad
Enviado por Editorial el Mar, 10/02/2026 - 09:35En el BOE de 10 de febrero se publica la adhesión de España al Convenio OIT núm. 183 (2000) sobre protección de la maternidad. No implica una reforma inmediata, pero fija un compromiso internacional con estándares mínimos (salud laboral, prestaciones y garantías de empleo y no discriminación) que será plenamente aplicable en España desde el 11 de diciembre de 2026, reforzando el marco de referencia para la normativa laboral y de Seguridad Social.
Se publica el texto íntegro del Convenio, adoptado en Ginebra el 15 de junio de 2000, y la declaración formulada por España sobre la duración del permiso. En concreto, nuestro país comunica que el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores establece un permiso por nacimiento de 16 semanas, con lo que España se sitúa por encima del mínimo exigido por el propio Convenio, que fija una duración no inferior a 14 semanas. El Convenio, además, exige que ese periodo incluya un tramo de 6 semanas obligatorias tras el parto, admitiendo modulaciones si la normativa nacional articula otra fórmula mediante acuerdos con los interlocutores sociales, y prevé que, cuando el parto se produzca después de la fecha prevista, el periodo prenatal se prolongue sin que ello reduzca el postparto obligatorio.










