AN. No cabe excedencia por cuidado de familiares para atender a un hijo mayor de 3 años
Enviado por Editorial el Vie, 15/12/2017 - 13:11Excedencia por cuidado de familiares. Supuesto en que el sujeto causante es un descendiente menor de edad, aunque mayor de 3 años.
La excedencia por cuidado de hijos es de carácter específico, frente a la excedencia genérica por cuidado de familiares que no tiene límite de edad, puesto que esta segunda modalidad se introdujo por la reforma del ET de 1995 llevada a cabo por la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, de conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, en cuya exposición de motivos se hablaba de la necesidad de ampliar el derecho a la reducción de jornada y excedencia a los trabajadores que tuvieran que ocuparse de personas mayores y enfermas, en línea con los cambios demográficos y el envejecimiento de la población. Es decir, el legislador quiso distinguir entre una y otra clase de excedencia y marcó el límite temporal para la excedencia por cuidado de hijos en tres años, que si bien puede mostrarse insuficiente en aras de conciliar la vida laboral y familiar, la implantación de otro superior no puede obtenerse en esta sede.