TJUE. Registro horario y empleados de hogar: corresponde al órgano judicial remitente aquilatar el alcance de la obligatoriedad que impone la Directiva 2003/88 /CE
Enviado por Editorial el Lun, 23/12/2024 - 07:30Ordenación del tiempo de trabajo. Descanso diario y semanal. Empleados de hogar. Registro horario. Exención de la obligación de establecer un sistema que permita computar la jornada laboral realizada por los empleados de hogar. Excepción. Empleada de hogar que presta servicios a tiempo completo que ve desestimada su petición de reconocimiento de horas extraordinarias con ocasión de su despido al considerar el órgano judicial que conoció del asunto que no constaban probadas debido a que tanto la normativa nacional como la jurisprudencia entienden que los empleadores, en este caso, están exentos de la obligación de llevar un sistema de cómputo de la jornada laboral.
La interpretación jurisprudencial de una disposición nacional o una práctica administrativa basada en tal disposición en virtud de las cuales los empleadores están exentos de establecer un sistema que permita computar la jornada laboral diaria de cada empleado de hogar, y que privan por tanto a los empleados de hogar de la posibilidad de determinar de manera objetiva y fiable el número de horas de trabajo realizadas y su distribución en el tiempo