TSJ. Extinción de la IT por incomparecencia a reconocimiento médico. ¿Es válida la citación a través de SMS?
Enviado por Editorial el Vie, 26/09/2025 - 08:08Incapacidad temporal. Extinción. Incomparecencia a reconocimiento médico habiendo efectuado citación la mutua por SMS. Demandante que mantiene que en ningún momento ha recibido notificación de la citación por correo ordinario, por SMS o por cualquier otro medio fehaciente.
En el caso analizado, consta la citación por SMS conforme al certificado emitido por empresa especializada que señala que, a través de la plataforma de la mutua, se envió SMS al teléfono de la actora, que es el mismo número que esta consigna en la declaración de incapacidad temporal. Hay que resaltar que la mutua utiliza un sistema de comunicación vía SMS llamado "ivCert" que está acreditado como medio de comunicación oficial. Este sistema otorga un certificado digital, tanto del envío como de la recepción del mensaje, constando tanto que la citación fue enviada al teléfono personal del demandante, como que ese mensaje fue visto. Por lo tanto, la referencia del demandante de que no leyó el SMS no excluye la responsabilidad que deriva de tal omisión y, en concreto, la incomparecencia a la cita señalada.