Jurisprudencia

El TSJPV anula la jornada de 35 horas de los funcionarios vascos

La Sección tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictado una sentencia  en la que estima el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra el 'Decreto por el que se establece la jornada de trabajo anual para el año 2016 para el personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi', que fijó la jornada laboral en 1.592 horas al año.

Nuevas sentencias a raíz del asunto "De Diego Porras"

Domingo J. Panea Hernando
Documentación Área Sociolaboral-CEF

Si hay una conclusión clara que se desprenda de la famosa trilogía sísmica, conformada por las sentencias dictadas por el TJUE el pasado 14 de septiembre de 20161 –entre las que destaca el asunto “De Diego Porras”, sobre el que gira el presente comentario–, esa es sin duda el poco conocimiento que existe en sede europea de nuestro derecho (alimentado quizá también por la parquedad del Gobierno español en las explicaciones aportadas para justificar la diferencia de trato entre trabajadores con contrato de duración determinada y trabajadores fijos, al indicar únicamente sin otra consideración que radica en su duración y en la expectativa de estabilidad de la relación laboral) y, por extensión, la poca importancia que el Tribunal de Justicia le ha dado a las tres cuestiones prejudiciales planteadas por España (teniendo todas ellas como denominador común la interpretación del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo). Y decimos esto porque las tres sentencias son del mismo día, cuentan con el mismo ponente, han sido instruidas únicamente por tres jueces (en lugar de 5 o 15) y no existen conclusiones del abogado general.

Selección de jurisprudencia (del 1 al 15 de diciembre de 2016)

TJUE. Igualdad de trato en materia laboral. Prohibición de discriminación por motivos de discapacidad. Despido de trabajador en incapacidad temporal.
TS. Condición más beneficiosa. Cesta de Navidad concedida por la empresa al personal técnico y administrativo (regido por el convenio del metal que no reconoce dicho beneficio) para equipararlo con el personal de taller (cuyo convenio de empresa sí lo recoge). Supresión tras fusión empresarial solo para el personal técnico y administrativo. Improcedencia.
TS. Complemento de antigüedad del personal laboral de la Comunidad de Madrid. Trabajadores temporales y eventuales que pasan a ser fijos.
TS. Sindicatos. Denominación. Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (SPPME) vs. Sindicato Profesional de Policías Municipales de Cataluña (SPPMC).
TS. Convenios colectivos. Actualización salarial durante el periodo de ultraactividad.
TS. Demanda de despido. Suspensión del cómputo de la caducidad.
TS. Prestaciones contributivas de la Seguridad Social. Incapacidad permanente absoluta. Requisito de estar en situación de alta o alta asimilada.
AN. Tutela de los derechos de libertad sindical y demás derechos fundamentales. Acumulación del crédito horario en uno o varios representantes sindicales.
TSJ. Movilidad funcional. Trabajos de superior e inferior categoría. Trabajador que solicita diferencias salariales correspondientes a la realización de funciones de su superior jerárquico, durante la incapacidad temporal de este, quien percibía una retribución superior a la del convenio colectivo.
TSJ. Extinción del contrato con la Administración. Trabajador indefinido no fijo. Cese por cobertura reglamentaria de la plaza. Indemnización.
TSJ. Extinción de la relación laboral. Empleo por la empresa del contrato de interinidad para sustituir a trabajadores durante el periodo vacacional.
TSJ. Desempleo. La prestación de pago único. Mutualidades de previsión. Solicitud de pago único de la prestación de desempleo para que el pago correspondiera a las cuotas de la mutualidad de abogados, y no a las cuotas de la Seguridad Social.

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El Tribunal Supremo reconoce el derecho a las prestaciones de maternidad en la gestación subrogada: Comentario a las SSTS de 25 de octubre y 16 de noviembre de 2016

Los anunciados pronunciamientos del Tribunal Supremo reconociendo por primera vez el derecho de los padres de hijos nacidos por gestación subrogada a cobrar prestaciones de maternidad, que tanto se han hecho esperar, se han concretado en sendas sentencias de 25 de octubre –RCUD  3818/2015– y 16 de noviembre de 2016 –RCUD 3146/2014–, resoluciones que son comentadas a continuación por D. José Antonio Panizo Robles y que serán objeto de atención particularizada en el Foro de Debate del número de enero de 2017 de la RTSS.CEF.        

Primer fallo judicial contra el abuso de la temporalidad basado en la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE

Una sentencia del TSJ del País Vasco obliga al Ayuntamiento de Vitoria a readmitir como indefinida no fija a una trabajadora temporal que concatenó diferentes contratos durante dieciocho años

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJPV ha dictado una sentencia que obliga al Ayuntamiento de Vitoria a readmitir como indefinida no fija a una trabajadora temporal que concatenó diferentes contratos durante dieciocho años (1995-2013) al considerar que se ha utilizado una contratación de duración determinada para cubrir un servicio de carácter indefinido.

En materia de ventajas sociales transfronterizas, un hijo en el seno de una familia reconstituida puede ser considerado hijo del padrastro

En este ámbito, el vínculo de filiación no se define de manera jurídica, sino de forma económica, en el sentido de que el hijo de un padrastro que tenga la condición de trabajador migrante tiene derecho a una ventaja social cuando este padrastro, de hecho, contribuye a su manutención

Entre julio de 2013 y julio de 2014, el Derecho luxemburgués preveía que los hijos de los trabajadores transfronterizos que estaban empleados en Luxemburgo o ejercían su actividad en ese país podían solicitar una ayuda económica para estudios superiores («beca de estudios»), siempre que, en particular, el trabajador transfronterizo hubiera trabajado en Luxemburgo durante un período ininterrumpido de cinco años en el momento de presentar la solicitud1.

La incapacidad temporal como causa de extinción del contrato de trabajo (Asunto C-395/15, Mohamed Daouidi)

Mediante la reciente sentencia de 1 de diciembre de 2016, el TJUE ha procedido a dar respuesta a una cuestión prejudicial muy importante por el ámbito personal al que afecta: los trabajadores despedidos por incurrir en una incapacidad temporal.

Comunicaciones a través del sistema Lexnet: Una pequeña disfunción (social)

A propósito del Acuerdo no Jurisdiccional del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 6 de julio de 2016 y del Auto de 8 de septiembre de 2016 (rec. núm. 12/2016) que lo aplica

Ante las dudas surgidas a la hora de computar los plazos mediante la utilización del sistema Lexnet, el Tribunal Supremo llegó a un Acuerdo no Jurisdiccional en julio de 2016, con la finalidad de aclarar cuestiones abiertas en el Orden Social, en relación con las notificaciones y los plazos procesales. No obstante, como se desprende del presente comentario, dicha exégesis no ha sido definitiva, pues su plasmación práctica aún nos ha supuesto un nuevo sobresalto en un interrogante que creíamos zanjado.

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