Legislación Estatal

Ley 25/2015, de 28 de julio (BOE de 29 de julio), de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social: novedades de interés en relación con el RDLey 1/2015

Efectivamente, como suele ser habitual en la tramitación parlamentaria, el RDLey 1/2015 ha sufrido algunas alteraciones en su contenido que, aunque mínimas, no conviene perder de vista dada la importancia material a las que se refieren y que ahora tenemos oportunidad de analizar con la publicación de la Ley 25/2015, de 29 de julio.

Sin perjuicio de remitir al lector, para un adecuado acercamiento, a las páginas web especializadas del CEF en el resto de materias,fiscal-impuestos en el ámbito tributario y civil-mercantil en cuanto a su concreta regulación, procedemos a continuación a especificar brevemente las alteraciones de mayor significación en el orden social.

Publicada la nueva Ley 24/2015 de 24 de julio, de patentes

En el Boletín Oficial del Estado de 25 de julio de 2015 se ha publicado la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, que entrará en vigor el 1 de abril de 2017.

Ante la realidad que ha cambiado sustancialmente desde 1986, se hace necesaria una actualización general de la normativa para la que en esta ocasión, dado el número de preceptos afectados y la naturaleza de los cambios, no basta con una simple reforma parcial como las realizadas hasta la fecha y por ello, a la entrada en vigor de esta norma quedará derogada la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.

Publicado el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios: El Real Decreto Legislativo 1/2015

El Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, se publica –y entra en vigor– el 25 de julio de 2015, esto es, un día antes del domingo 26 de julio, fecha en que expiraba el plazo de dos años que a tal fin se otorgó al Gobierno en la Ley 10/2013, de 24 de julio (vid. corrección de errores en BOE de 23 de diciembre).

Su objeto es consolidar, en un texto único, las sucesivas modificaciones que se han ido incorporando a la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios –que ahora se deroga– desde su entrada en vigor.

Publicado el Real Decreto 708/2015, de desarrollo del sistema de liquidación directa de las cotizaciones a la Seguridad Social

En el BOE de hoy, 25 de julio de 2015, se publica el Real Decreto 708/2015, de 24 de julio, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 34/2014, de 26 de diciembre, de medidas urgentes en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, cumpliéndose de este modo –aunque con algún retraso– el mandato allí contenido.

La Ley 34/2014, de la que se dio detallada cuenta en esta página, fue objeto de estudio, asimismo, en la RTSS.CEF por D. Javier AIBAR BERNAD a quien en esta ocasión debemos y agradecemos el análisis que de los distintos cambios producidos por el Real Decreto 708/2015 en cuatro de los principales reglamentos de la Seguridad Social (Inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabadores; cotización y liquidación; recaudación y gestión financiera), se recoge en el comentario titulado EL SISTEMA DE LIQUIDACIÓN E INGRESO DE CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. ESTUDIO DEL REAL DECRETO 708//2015 POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 34/2015 (Modificación de los reglamentos generales de la Seguridad Social) que puede consultarse «en abierto» pulsando en el enlace.

Publicada Resolución por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del empleado público

En el BOE del viernes 24 de julio se publicó la Resolución de 22 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de las Administraciones Públicas por la que se modifica la de 28 de diciembre de 2012, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

Las modificaciones se deben por un lado, a la publicación de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa que modifica a su vez al art 48 k) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público que incrementa en uno el número de días de permiso por asuntos particulares a los que tienen derecho los empleados públicos por lo que se aumenta a cinco.

Las transferencias recíprocas de derechos entre el sistema de previsión social del personal de las Comunidades Europeas y los regímenes públicos de previsión social españoles

(Con ocasión del Real Decreto 638/2015, de 10 de julio, por el que se
modifica el Real Decreto 2072/1999, de 30 de diciembre)

José Antonio Panizo Robles
Administrador Civil del Estado
Miembro del Instituto Europeo de Seguridad Social

Introducción

En el marco de la prestación de servicios en diferentes Estados de la Unión Europea, y con el objetivo de garantizar la libre circulación de las personas, el ordenamiento jurídico comunitario prevé la coordinación de los diferentes sistemas de Seguridad Social, de modo que los derechos de Seguridad Social no se vean perjudicados o eliminados, como consecuencia de que el interesado, en virtud de la realización de una actividad por cuenta ajena o por cuenta propia, acredite periodos de cotización, seguro, empleo o residencia en varios sistemas de Seguridad Social, coordinación que está regulada por el Reglamento (CE) n.º 883/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004 (también denominado «Reglamento base») y el Reglamento (CE) n.º 987/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009 (o «Reglamento de aplicación»)1.

Una nueva configuración del sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (Un breve comentario a la Ley 23/2015, de 21 de julio, ordenadora del sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social)

José Antonio Panizo Robles
Administrador Civil del Estado
Miembro del Instituto Europeo de Seguridad Social

Introducción

El Boletín Oficial del Estado del día 22 de julio de 2015 publica la Ley 23/2015, de 21 de julio (en adelante, LITSS), a través la cual se procede a la ordenación del Sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con el propósito, de una parte, de adecuar la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (en adelante, ITSS)1 a las modificaciones normativas que se habían venido aprobando desde la anterior disposición legislativa que regulaba la actuación de la ITSS2 y, a su vez, de proceder a una más eficaz coordinación de las diferentes Administraciones autonómicas, puesto que buena parte de la ejecución de la legislación socio-laboral se sitúa en la esfera de la competencia de las mismas (y, además, respecto del ámbito de las correspondientes a Cataluña3 y al País Vasco4, se ha producido el traspaso de la función inspectora), todo lo cual exige la necesidad de adaptar la organización de la ITSS, de modo que se pueda compatibilizar la aplicación de los principios esenciales de unidad de función y concepción única e integral del Sistema con el desarrollo de las competencias de las comunidades autónomas en la materia5.

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