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¿Se va usted a Europa?

Paris

Quizá tiene planeado viajar a Europa por vacaciones, estudios, trabajo. Ha preparado una lista para no olvidarse algo. El inventario contendrá, además del habitual kit de ropa, aseo y entretenimiento, la documentación necesaria para el viaje: billetes de transporte, pasaporte, reservas de alojamiento…Pero, ¿ha previsto también la Tarjeta Sanitaria Europea?

EN LA PUERTA DE EMBARQUE

Para viajar de forma más segura y evitar algún que otro disgusto –un accidente o enfermedad que requiera atención médica- y que pueda arruinar su estancia en Europa es más que recomendable viajar con la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) en el bolsillo. ¿Conoce este documento? ¿Tiene dudas sobre él? No se preocupe, aquí se lo contamos.

¿Qué es? Es una acreditación personal e intransferible que le da derecho a recibir la asistencia sanitaria que necesite durante su estancia temporal en los países de la Unión Europea, en Islandia, Liechtenstein, Noruega (Espacio Económico Europeo) y Suiza. Cada persona que viaje debe tener su propia tarjeta.

Aprobada la Ley de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral

Empleo destina 50 millones del FSE a inserción laboral de personas en riesgo de exclusión social

La Ley de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral ha concluido hoy su tramitación parlamentaria y queda lista para ser publicada en el Boletín Oficial del Estado, una vez ratificadas todas las enmiendas incorporadas por el Senado.

El proyecto procede del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, convalidado el pasado 8 de marzo, con el objetivo, argumenta al Gobierno, de  crear las condiciones necesarias para que la economía española pueda volver a crear empleo y así generar la seguridad necesaria para trabajadores y empresarios, para mercados e inversores.

El 12 de abril, el Pleno del Congreso rechazó las cinco enmiendas a la totalidad con texto alternativo presentadas al Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
La Comisión de Empleo y Seguridad Social se reunió el día 24 de mayo, desde las 10,30 horas, para debatir, con competencia legislativa plena, el informe de la ponencia sobre el proyecto de ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral , que fue aprobado por 25 votos a favor y 17 en contra. Una vez aprobado el Dictamen este proyecto, pasó a continuar su tramitación en el Senado.

El Gobierno aprueba el envío al CES del Anteproyecto de Ley de Lucha contra el Empleo Irregular y el Fraude a la Seguridad Social

  • El principal objetivo es luchar contra los comportamientos fraudulentos que atentan contra los derechos de los trabajadores y afectan negativamente a la competitividad de las empresas.
  • El anteproyecto modifica, entre otras normas, el Estatuto de los Trabajadores, la Ley General de la Seguridad Social, la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy a propuesta de la Ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, la remisión al Consejo Económico y Social del Anteproyecto de Ley de lucha contra el fraude en el ámbito del Empleo Irregular y el Fraude a la Seguridad Social. Este texto legal forma parte del plan aprobado el pasado 27 de abril por el Consejo de Ministros y se ha sometido al trámite de audiencia previa de agentes sociales, sindicatos profesionales y comunidades autónomas. El Consejo Económico y Social tiene un plazo máximo de 15 días para emitir su informe que, una vez recibido, el Gobierno remitirá el Proyecto de Ley al Congreso de los Diputados para iniciar su tramitación parlamentaria.

El conjunto de medidas que integra este texto legal se dirigen a mejorar la tutela del Estado sobre las garantías de los derechos de los trabajadores y de las empresas.

Esta norma tiene como prioridad la acción contra comportamientos fraudulentos que atentan contra los derechos de los trabajadores y que afectan negativamente a la competitividad de las empresas que cumplen con sus obligaciones legales.

Empleo destina 50 millones del FSE a inserción laboral de personas en riesgo de exclusión social

Empleo destina 50 millones del FSE a inserción laboral de personas en riesgo de exclusión social

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha realizado una reorientación de fondos con los que cuenta el Programa Operativo de Lucha contra la Discriminación, con el objeto de dar cobertura a las nuevas necesidades de determinados colectivos con especiales dificultades de inserción laboral. Gracias a esta nueva distribución, 140.000 nuevos usuarios podrán beneficiarse de la acción de este programa que financia el Fondo Social Europeo y que cuenta con un presupuesto total desde 2007 y hasta 2013 de 545.055.377 euros.

En total, se van a reorientar 51 millones de euros a la Fundación ONCE, Cáritas Española, Cruz Roja, Fundación Secretariado Gitano y el Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo para que refuercen sus programas dirigidos a mejorar la empleabilidad y la inserción laboral de las personas a las que dirigen su actividad: personas con discapacidad, en riesgo de exclusión social, inmigrantes, población gitana y reclusos. Se trata de una cantidad que, además, se eleva a los 74 millones de euros si se considera la cofinanciación que dichas organizaciones deben de realizar.

Más plazo para las bonificaciones por una buena prevención de riesgos laborales

Más plazo para las bonificaciones por una buena prevención de riesgos laborales

Las empresas que tengan la intención de solicitar las bonificaciones en las cotizaciones por contingencias profesionales por haber invertido en la prevención de riesgos laborales tienen hasta el 30 de junio para hacerlo. El plazo para que las entidades gestoras y las mutuas presenten los informes preceptivos para que se hagan efectivas esas bonificaciones se ha ampliado hasta el 15 de agosto.

Si quiere ver recompensados sus esfuerzos en materia de riesgos laborales a lo largo de 2011, cuenta con unos días más para solicitar una bonificación en las cotizaciones por contingencias profesionales de su empresa. El plazo se ha ampliado hasta el 30 de junio para las empresas, que deben presentar su solicitud ante la mutua o entidad gestora con la que tengan cubierta las contingencias profesionales. Entidades y mutuas también han visto ampliado el plazo para elaborar los informes preceptivos y remitirlos a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, en este caso hasta el 15 de agosto.

El Congreso vota el jueves las enmiendas del Senado a los Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 y la reforma laboral.

ongreso vota el jueves las enmiendas del Senado a los Presupuestos Generales del Estado

El jueves se votarán las enmiendas del Senado a tres proyectos de Ley, que culminarán su tramitación una vez que la Cámara Baja decida si ratifica o rechaza las modificaciones introducidas por la Cámara Alta.

Así, se verán las enmiendas del Senado al Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (procedente del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero); al Proyecto de Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles (procedente del Real Decreto-Ley 5/2012, de 5 de marzo), y al Proyecto de Ley de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio (procedente del Real Decreto-Ley 8/2012, de 16 de marzo).

Invertir en los jóvenes o perder una generación, afirma la OIT

Invertir en los jóvenes o perder una generación, afirma la OIT

El mundo corre el riesgo de perder una generación si no enfrenta con urgencia la crisis de empleo juvenil, señaló la OIT en un documento adoptado en su Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) que se llevó a cabo del 30 de mayo al 14 de junio en Ginebra.

A menos que se emprendan medidas inmediatas y enérgicas, la comunidad mundial tendrá que afrontar el sombrío legado de una generación perdida”, declararon los delegados en el informe.

El documento enumera las medidas que los gobiernos pueden adoptar, con el apoyo de empleadores y trabajadores, como: abordar el desajuste entre la oferta y demanda de competencias, mejorar los sistemas de empleo-formación y promover la capacidad empresarial de los jóvenes.

El TJUE reconoce el derecho a la interrupción de las vacaciones anuales si de forma sobrevenida se cae en IT

El TJUE ha reconocido hoy, en sentencia de 21 de junio de 2012, Asunto C-78/11, que la IT sobrevenida durante el disfrute de las vacaciones anuales retribuidas permite su disfrute en un período distinto y por el tiempo coincidente. Con esta sentencia se cierra el círculo referente a las distintas posibilidades que podían generarse en torno a las situaciones de IT y las vacaciones anuales retribuidas.

Con origen en un conflicto residenciado en España, entre la Asociación Nacional de Grandes Almacenes (ANGED) y las principales centrales sindicales, y que fue objeto de la célebre sentencia de la Audiencia Nacional que reconocía por primera vez el derecho al disfrute de las vacaciones anuales retribuidas íntegramente cuando concurría una situación como la descrita (SAN de 23 de noviembre de 2009, 151/2009), se planteó la cuestión prejudicial por el Tribunal Supremo en fecha de 26 de enero de 2011 (Auto 249/2009). A su vez, esta resolución goza del “privilegio” de protagonizar la primera vez en que el Tribunal Supremo dirige una cuestión prejudicial al TJUE, rompiendo la sensación transmitida durante muchos años de alejamiento o ajenidad respecto del ordenamiento comunitario.

Para esta declaración el TJUE no aporta argumentaciones novedosas sino que amparándose en jurisprudencia anterior (básicamente en las SSTJUE de 20 de enero de 2009, Asuntos acumulados núms. C-350/06 y C-520/06 Schultz-Hoff; de 10 de septiembre de 2009, Asunto C-277/08, Vicente Pereda; y de 24 de enero de 2012, Asunto C-282/10, Maribel Domínguez) declara expresamente que “carece de pertinencia el momento en que sobreviene dicha incapacidad. Por consiguiente, el trabajador tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas coincidentes con un período de baja por enfermedad en un período posterior, con independencia del momento en que haya sobrevenido esa incapacidad laboral.”

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