Legislación

Publicadas para el 2012 bases de cotización de los trabajadores del Régimen Especial del Mar

El pasado lunes ha sido publicada la Orden ESS/229/2012, de 9 de febrero, por la que se establecen para el año 2012 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.

La Ley 39/2010 de Presupuestos Generales del Estado para 2011 (prorrogada), en su artículo 132.siete. 2 establece:

Art. 132.siete. 2 Ley 39/2010

La cotización para todas las contingencias y situaciones protegidas en este Régimen Especial de los trabajadores incluidos en los grupos segundo y tercero a que se refiere el artículo 19.5 del texto refundido aprobado por Decreto 2864/1974, de 30 de agosto, se efectuará sobre las remuneraciones que se determinen anualmente mediante Orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración (actual Ministerio de Empleo y Seguridad Social), a propuesta del Instituto Social de la Marina, oídas las organizaciones representativas del sector. Tal determinación se efectuará por provincias, modalidades de pesca y categorías profesionales, sobre la base de los valores medios de remuneración percibida en el año precedente.

Legislación publicada en los DIARIOS y BOLETINES de las Comunidades Autónomas

La reforma del mercado laboral: el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero

El Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, publicado el 11 de febrero (corrección de errores en BOE de 18 de febrero) y de vigencia inmediata, es, sin duda, como se predica en su Exposición de Motivos y venía anunciándose, una reforma de envergadura y, como la crisis, con perdón de la licencia, afecta a los fundamentos mismos de nuestro modelo sociolaboral.  Los cambios normativos que introduce suponen una reformulación de aspectos esenciales en la regulación de las instituciones básicas del Derecho del Trabajo, tanto individual como colectivo, y trascienden lo sustantivo para incidir en otros ámbitos como el procesal laboral o el de la protección social, reflejando, en definitiva, un cambio conceptual de las reglas del juego.

Entre epítetos, los que en las líneas del preámbulo de la norma se utilizan para caracterizar tanto la situación económica por la que atraviesa nuestro país como las medidas adoptadas, y los que una lectura detenida del Real Decreto-Ley provoque al lector, intentaremos una aproximación a los cambios operados por esta reforma que procedemos a abordar.

INFORMACIÓN RELACIONADA

El departamento de documentación del CEF.-, ha elaborado unos cuadros comparativos de las modificaciones introducidas por el RDL 3/2012 en los distintos documentos afectados, los cuales le resultarán muy útiles para conocer los cambios de cada norma.

 

 

Desarrolladas las normas de cotización a la Seguridad Social, desempleo, cese de actividad, FOGASA y Formación Profesional para 2012

Las previsiones legales que en materia de cotizaciones sociales para el presente ejercicio 2012 se contienen en el artículo 13 del Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, son desarrolladas por la Orden ESS/184/2012, de 2 de febrero, cuyos efectos se retrotraen al 1 de enero de 2012.

A través de esta Orden de Cotización se establecen para 2012 las bases y tipos de cotización, se adaptan las bases fijadas con carácter general a los supuestos de contratos a tiempo parcial, se establece la aplicación de la tarifa de primas a la cotización por contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), se fijan los coeficientes aplicables para determinar la cotización a la Seguridad Social en supuestos específicos como los de convenio especial, colaboración en la gestión de la Seguridad Social o exclusión de alguna contingencia, así como los coeficientes para la fijación de las aportaciones a cargo de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social al sostenimiento de los servicios comunes de la Seguridad Social, los valores límite de los índices de siniestralidad general y de siniestralidad extrema, correspondientes al ejercicio 2011, y el volumen de cotización por contingencias profesionales a alcanzar durante el período de observación, para el cálculo del incentivo previsto en el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, consistente en reducciones de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que se distingan por su contribución eficaz y contrastable a la reducción de la siniestralidad laboral y por la realización de actuaciones efectivas en la prevención de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales.

Dictamen del Consejo de Estado nº 37/2012

Publicado el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva: 2012-2014

Hoy se ha publicado la Resolución de 30 de enero de 2012, de la Dirección General de Empleo, donde se contiene el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012, 2013 y 2014, suscrito el pasado 25 de enero por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), de una parte, y por las Confederaciones Sindicales de Comisiones Obreras (CCOO) y de la Unión General de Trabajadores (UGT), de otra, del que ya se ha dado noticia en esta página.

Legislación publicada esta semana en los DIARIOS y BOLETINES de las Comunidades Autónomas

Nuevo modelo 145 de comunicación de datos al pagador

En relación con las comunicaciones de datos al pagador o de variación de los datos previamente comunicados que deban efectuarse a partir del 1 de febrero de 2012, la Resolución de 23 de enero de 2012, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria aprueba un nuevo modelo 145, de comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador o de la variación de los datos previamente comunicados, modificando para ello su regulación contenida en la Resolución de 3 de enero de 2011.

Legislación publicada esta semana en los DIARIOS y BOLETINES de las Comunidades Autónomas

Páginas