Legislación

Los autónomos podrán optar por cubrir las contingencias profesionales hasta el 30 de junio

La Orden TIN/490/2011, de 9 de marzo concede un plazo especial que finaliza el próximo 30 de junio para que los trabajadores que el 12 de marzo de 2011 (fecha de entrada en vigor de la Orden) figuren en alta en el RETA y no tengan cubierta la protección por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales puedan optan por su cobertura.

Conforme al Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social [RD 84/1996], la opción en favor de cubrir las contingencias profesionales -de no realizarse en el momento de causar el alta- podrá solicitarse por escrito antes del 1 de octubre de cada año, con efectos desde el día 1 de enero del año siguiente.

La Ley 32/2010, cuya entrada en vigor se produjo el 6 de noviembre de 2010, regula la prestación por cese de actividad, prestación que se vincula a la cobertura dispensada por las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Posibilitar que los autónomos opten por ampliar la cobertura de su protección y que sus efectos se desplieguen antes del 1 de enero de 2012 es la finalidad predicada por esta norma.

La puesta en marcha del SAC: un Servicio de Apoyo a la Cotización para los empresarios

La Resolución de 28 de febrero de 2011, de la TGSS, en vigor el 1 de abril de 2011, establece los términos y condiciones para la prestación de un servicio de asistencia técnica y asesoramiento en materia de cotización: el Servicio de Apoyo a la Cotización (SAC).

A través de este servicio, la TGSS facilitará a los empresarios:

  • con códigos de cuenta de cotización inscritos en el Régimen General
  • que cuenten con un máximo de diez trabajadores en el momento de efectuar la solicitud de incorporación, y
  • no dispongan de una autorización vigente para el uso del Sistema RED en el momento actual ni en uno posterior,

el cumplimiento de las obligaciones de cotización a la Seguridad Social, mediante la elaboración y puesta a disposición, con carácter mensual, del documento electrónico de pago para la liquidación e ingreso de cuotas a la Seguridad Social.

La solicitud de incorporación al SAC se hará a través del formulario cuyo modelo se recoge en el Anexo I de la Resolución, prestándose el servicio durante tres períodos de liquidación de cuotas consecutivos.

Publicada la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible

La LEY 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (LES) que acaba de publicarse, pieza básica de la Estrategia que con denominación similar fue aprobada por el Consejo de Ministros en noviembre de 2009, con el objetivo de contribuir a la renovación del modelo productivo de la economía española, hacia un modelo más sostenible desde el punto de vista económico, social y medioambiental, contiene e introduce importantes y numerosos cambios en disposiciones legales que explícita o implícitamente afectan al ámbito sociolaboral.

El Real Decreto-Ley 3/2011, de 18 de febrero: una “norma impar” para reformar las políticas activas de empleo

Reformar las políticas activas de empleo para mejorar la empleabilidad es el objetivo que da título al tercer Real Decreto-Ley publicado en lo que vamos de año, en vigor el 20 de febrero –domingo, de nuevo–.

Como ya se tuvo ocasión de comentar a propósito del Real Decreto-Ley 1/2010, de desarrollo del Plan de Choque 2011-2012, el ASE, suscrito el pasado 2 de febrero de 2011 entre el Gobierno y los Interlocutores Sociales, integra distintos tipos de acuerdo, uno de los cuales viene referido al desarrollo de las Políticas Activas de Empleo y otras medidas de índole laboral en el sentido de llevar a cabo una reforma que contribuya a mejorar el mercado de trabajo y a la mayor empleabilidad de quienes buscan su empleo, reforma que se articulará a través de dos tipos de medidas, una de carácter coyuntural –con efectividad a corto plazo– dirigido específicamente a jóvenes y parados de larga duración y que se concretó la semana pasada en la norma arriba mencionada, y otra de carácter estructural –con efectividad a medio/largo plazo– que implicará la reforma en profundidad de la Ley de Empleo, y que es precisamente la que ha tomado cuerpo a través del Real Decreto-Ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo, del que pasamos a dar noticia a continuación.

El 16 de febrero de 2011 comienza el plazo para solicitar la ayuda de los 400 euros

En desarrollo del Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, y, en concreto, del Programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (art. 2), la Resolución de 15 de febrero de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal, determina la forma y plazos de presentación de las solicitudes, así como la tramitación y pago de las ayudas económicas de acompañamiento (400 euros).

La ayuda económica de acompañamiento, concebida para “reforzar y facilitar la participación de las personas desempleadas en el programa de recualificación profesional” podrá ser solicitada por las personas que cumplan los requisitos establecidos en el programa (art. 2.2 RDL 1/2011) en el período comprendido desde el 16 de febrero de 2011 hasta el 15 de agosto de 2011,  en el modelo oficial establecido al efecto (anexo I de la Resolución) al que se acompañará la documentación allí establecida, en el plazo máximo de dos meses desde la fecha en que hubieran agotado el derecho a la protección mencionada.

Dado que la ayuda económica se liga al itinerario individualizado y personalizado de inserción, esta Resolución del SPEE especifica que tanto los requisitos de inicio de un itinerario personalizado de inserción, como la participación en el mismo serán verificados en el momento de la solicitud y posteriormente, considerándose que el solicitante lo ha iniciado cuando tenga asociado y en estado de activo un itinerario personalizado de empleo (código 170) y que participa en éste cuando exista un servicio asociado al mismo en estado de activo o en tramitación, indicando además sus fechas de inicio y en su caso de finalización, así como los días en los que no se ha producido participación efectiva de la persona beneficiaria. Se establece, en este sentido, la obligación de los SPE de las Comunidades Autónomas de informar al SPEE de cualquier incumplimiento por parte del beneficiario en cuanto se produzca.

Plan de choque 2011: Medidas coyunturales para una coyuntura de crisis

El desarrollo del conocido “Plan de choque”, incluido en el Acuerdo Social y Económico (ASE) suscrito el pasado día 2 de febrero por el Gobierno y los Interlocutores Sociales, no se ha hecho esperar. Así lo pone de manifiesto la publicación del Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, en vigor el 13 de febrero, domingo para más señas.

Este Real Decreto-Ley contempla las siguientes medidas:

  1. Programa excepcional de empleo para la transición hacia la contratación estable (reducciones en la cotización por contratación indefinida o temporal a tiempo parcial).
  2. Programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (medidas de política activa de empleo y ayudas económicas a los desempleados -400 euros-).
  3. Acciones de mejora de la empleabilidad que combinen actuaciones de orientación profesional y formación para el empleo.
  4. Inclusión de personas desempleadas en las acciones formativas dirigidas a personas ocupadas.

Regulados los requisitos, características y plazo de validez de recetas médicas y órdenes de dispensación hospitalaria

El Real Decreto 1718/2010, de 17 de septiembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, regula un modelo único de receta médica, tanto privada como pública, con requisitos comunes para los medicamentos que la precisen, así como la receta electrónica, y las órdenes de dispensación hospitalaria extendidas por parte de los servicios de Farmacia Hospitalaria a pacientes no ingresados.

Desarrolladas las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, FOGASA y Formación Profesional para 2011

La Orden TIN/41/2011, de 18 de enero desarrolla las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011 (art. 132), reproduciendo las bases y tipos de cotización reflejados en aquella ley y adaptando a los supuestos de contratos a tiempo parcial las bases de cotización fijadas con carácter general.

En materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales será de aplicación la tarifa de primas establecida en la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos para 2007 (disp. adic. cuarta).

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