TSJ. Desempleo. Modalidad de pago único. Los actos preparatorios realizados antes de la situación legal de desempleo no impiden el reconocimiento de la prestación
Enviado por Editorial el Mié, 18/06/2025 - 09:34Desempleo. Modalidad de pago único. Realización de actos preparatorios del inicio de la actividad con anterioridad a la fecha de efectos de extinción contractual derivada de despido colectivo.
El RD 1040/1985 no exige de forma expresa que los actos preparatorios para la realización de una actividad de autoempleo, a la que destinar la prestación capitalizada, se inicien con posterioridad a la fecha de la situación legal de desempleo. Si bien es cierto que existe doctrina jurisprudencial en relación con los actos preparatorios que mantiene aquella exigencia con carácter general, no lo es menos que han sido dictadas resoluciones judiciales en las que, ponderando las circunstancias concurrentes, se ha reconocido el derecho a percibir el desempleo en su modalidad de pago único a quien realizó actos preparatorios para autoemplearse antes de obtener la prestación por desempleo.