TS. Acceso al recurso de suplicación. Procede si en la demanda se reclama una cantidad superior a los 3.000 euros, aunque después se limite el debate de suplicación a una cantidad inferior
Enviado por Editorial el Mar, 23/10/2018 - 13:24Procedimiento laboral. Reclamación de cantidad. Acceso al recurso de suplicación. Demanda en la que se reclama una cantidad muy superior a los 3.000 euros, limitándose el debate de suplicación después a una cantidad inferior.
En nuestra normativa procesal, regida por el principio de legalidad, la cuantía de un proceso viene determinada por la solicitud de la demanda y a su vez condiciona el acceso al recurso de suplicación, sin que se contemple en nuestras normas procesales una cuantía para la demanda y otra distinta para el recurso. Es inasumible la sinonimia entre cantidad litigiosa y cantidad controvertida, por lo que ha estarse a una concepción amplia del término litigiosa, que no ha de venir asimilada a cuantía disputada o controvertida y sí a cuantía reclamada, o sea, integrante del petitum de la demanda y como tal constitutiva –junto a otros pedimentos– del objeto de la litis.