AN. No cabe pasar de horario continuado a jornada partida sin acudir al procedimiento del artículo 41 del ET
Enviado por Editorial el Vie, 13/10/2017 - 12:55Modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Transformación del horario continuado de 91 trabajadores en horario partido.
Cuando se disfrute de un horario ininterrumpido no previsto en el convenio colectivo de aplicación y este no pueda encuadrarse en las bandas establecidas para los turnos de mañana o tarde, se entiende que dicho horario no tiene otra fuente que el acuerdo entre las partes. A estos efectos debe reputarse nula, por fraudulenta, la cláusula contenida en los contratos en que el trabajador expresamente acepte que, “dadas las especialidades de la tarea a realizar, el horario se distribuirá en función de las necesidades del servicio, con la única limitación del respeto a la jornada máxima legal”.