TSJ. Excedencia voluntaria por incompatibilidad para el desempeño de más un puesto de trabajo en el sector público. Opera de forma automática, no pudiendo condicionarse su efectividad a un plazo de preaviso
Enviado por Editorial el Vie, 09/05/2025 - 16:34Trabajador indefinido no fijo de la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias a quien se le nombra funcionario interino para un puesto en el Servicio Canario de Salud. Solicitud de excedencia voluntaria por incompatibilidad que es denegada por proceder solo para el personal fijo y no haber sido presentada con un mes de antelación.
Aunque el artículo 46 del ET no establece plazos de preaviso para solicitar la excedencia, ello no significa necesariamente que los prohíba, por lo que es razonable que el convenio colectivo de aplicación los fije para que el empleador pueda comprobar la admisibilidad de la excedencia interesada y, en su caso, proveer la cobertura del puesto de trabajo.