TS. Salvamento marítimo. Es tiempo de trabajo el invertido en la asistencia a cursos de revalidación de certificados de formación necesarios para la actividad profesional
Enviado por Editorial el Lun, 22/09/2025 - 15:00Salvamento marítimo. Tiempo de trabajo. Cursos de revalidación de los títulos con los que tiene que contar el trabajador para acceder al empleo, exigidos por la legislación vigente. Entidad pública (SASEMAR) que tiene por objeto la prestación de los servicios de salvamento de la vida humana en el mar y de la prevención y lucha contra la contaminación del medio marino.
En el caso analizado, el personal de SASEMAR viene obligado a realizar los cursos de actualización de sus certificados de formación precisos para embarcarse, tal como dispone la Resolución de 2 de febrero de 2017, de la Dirección General de la Marina Mercante (BOE de 17 de marzo de 2017), por la que se desarrolla el procedimiento de revalidación de los certificados de suficiencia del Convenio sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar. Tales certificados que con anterioridad eran permanentes, en virtud de los compromisos internacionales y las normas de la Unión Europea han pasado a tener fecha de caducidad, de suerte que los trabajadores afectados deben proceder a su renovación, estableciéndose al efecto los correspondientes cursos formativos.