RTSS - Revista de Trabajo y Seguridad Social

Igualando los tiempos: Competencia en las demandas de despido tácito por hechos pre-concurso

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, de 13 de abril de 2016 (RCUD 2874/2014)

José María Moreno Pérez
Abogado. Profesor asociado. Universidad de Jaén

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RTSS. CEF. NÚM. 403 (octubre 2016)

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Violencia sexual y contrato de trabajo: ¿La imputación penal debe ser (siempre) causa de despido?

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 11 de abril de 2016, rec. núm. 118/2016

Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático. Universidad de Jaén

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RTSS. CEF. NÚM. 403 (octubre 2016)

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De la temporalidad masiva a la contratación flexi-segura: Reflexiones sobre un cambio de modelo

El actual modelo de contratación laboral está viciado por el uso abusivo y desviado de los contratos temporales. Lejos de los fines que la ley les atribuye, estos han funcionado como mecanismos empresariales de ajuste frente a las oscilaciones de la demanda, difundiendo precariedad e inestabilidad laboral entre una amplia cohorte de trabajadores y causando graves perjuicios en la productividad, el empleo y el sistema de Seguridad Social. Es preciso por ello poner fin a los excesos de la contratación temporal y recuperar la hegemonía del contrato indefinido. Pero un cambio enérgico en la institución nuclear del Derecho del Trabajo y en los usos arraigados del mercado laboral alterará los equilibrios internos del sistema de relaciones laborales, obligando a redefinir las relaciones entre contratación, flexibilidad interna y flexibilidad externa. Pese a sus ambigüedades, la flexiseguridad se presenta como la única alternativa posible –más que fiable– para orientar al Derecho del Trabajo en ese proceso de cambio.

Palabras claves: contrato temporal, contrato indefinido, despido, indemnización y empleo.

Nora María Martínez Yáñez
Profesora Contratada Doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Vigo

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RTSS. CEF. NÚM. 401-402 (agosto-septiembre 2016)

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El modelo español de despido colectivo: Puntos críticos a la luz de la jurisprudencia comunitaria y su contradictoria recepción en la doctrina judicial

En el presente estudio se abordan los principales puntos críticos de la última jurisprudencia comunitaria interpretativa de la Directiva 98/59/CE, sobre despidos colectivos, al pronunciarse sobre la adecuación de la norma española de transposición, esto es, el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. El análisis se centra particularmente en las consecuencias inmediatas que las dos últimas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a este respecto, Rabal Cañas, de 15 de mayo de 2015 y Pujante Rivera, de 11 de noviembre de 2015, pueden tener en la configuración de nuestro modelo de despido colectivo y en su aplicación en la praxis forense, a la vista de las contradicciones que ya está generando su recepción por nuestra doctrina judicial.

Palabras claves: despido colectivo, derecho comunitario, transposición y praxis judicial.

Rosa M.ª González de Patto
Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Granada

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RTSS. CEF. NÚM. 401-402 (agosto-septiembre 2016)

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Protección por desempleo y medidas de inserción de desempleados de larga duración

El desempleo de larga duración, que afecta a casi tres millones de personas, es uno de los graves problemas del mercado de trabajo español. Por ello, en el presente trabajo se analiza este fenómeno desde un doble punto de vista. En primer lugar, el foco se pone en las medidas de protección social destinadas a ofrecer una cobertura económica a dicho colectivo (prestación y subsidios por desempleo y otras ayudas asistenciales extraordinarias: RAI, PREPARA, PAE). En segundo lugar, se presta atención a las medidas dirigidas al fomento de su inserción laboral. Al respecto, se advierte una tendencia creciente a vincular las prestaciones por desempleo con las políticas activas de empleo. En este plano, se examinan los programas que utilizan la prestación o el subsidio por desempleo como palanca para incentivar la contratación de tales desempleados como trabajadores por cuenta ajena, y de manera particular, los incentivos al autoempleo o emprendimiento individual de aquellos (compatibilidad de la prestación, capitalización y reanudación).

Palabras claves: protección por desempleo, incentivos a la contratación y autoempleo.

M.ª Belén García Romero
Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Murcia

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RTSS. CEF. NÚM. 401-402 (agosto-septiembre 2016)

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¿Nuevas «fronteras» o nuevas «fugas» del Derecho del Trabajo? Diferenciando lo verdadero de lo falso

1. Uno de los lugares comunes o tópicos jurídico-laborales más frecuentados, ya desde el origen mismo del Derecho del Trabajo, deviniendo clásica, es la cuestión de la delimitación o «deslinde de fronteras» de esta rama jurídica, ante la clara constatación de la extraordinaria movilidad de las mismas y de la convicción de la imposibilidad de fijarlas, de forma segura y estable una vez para siempre. Como nos enseñan los estudios más clásicos en la materia, la intensa innovación jurídico-social que supuso la invención del contrato de trabajo dependiente o subordinado jurídicamente, distanciándose del viejo «arrendamiento (civil) de servicios o de obra», así como de las aún más antiguas «relaciones de servidumbre», constituyó, al mismo tiempo, su mayor «rémora», al frenar o restringir sus enormes potencialidades de expansión hacia el conjunto del «trabajo», esto es, la prestación personal de servicios sin adjetivos, en general, y hacia el «trabajo profesional», en particular. Es cierto, como recordara el maestro G. Bayón hace más de medio siglo (Revista de Derecho Privado, 1961), que formular un concepto es ya, en sí mismo, un modo de «comprender una realidad»; pero no menos verdad es que también supone su simplificación reduccionista, «encerrándola» en una zona de confort que, por ancha que pueda ser, siempre resulta limitada y, por tanto, insuficiente, insatisfactoria.

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Cristóbal Molina Navarrete
Director

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RTSS. CEF. NÚM. 401-402 (agosto-septiembre 2016)

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¿Qué fue de los «TRA(U)DES»? El evanescente mundo de los (¿«falsos»?) autónomos

[A propósito de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 12 de diciembre de 2014, rec. núm. 347/2014 (y del ATS de 15 de diciembre de 2015, RCUD 613/2015, que la eleva a firme) (El caso «editorial Aranzadi»)]

Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático. Universidad de Jaén

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Acuerdos de interés profesional y negociación colectiva: ¿«Falsos» o «verdaderos» convenios?

Comentario a la Sentencia de la Audiencia Nacional 21/2016, de 16 de febrero

Margarita Miñarro Yanini
Profesora Titular. Universidad Jaume I (Castellón)

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