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CNAE-2025: obligación de empresas y autónomos de actualizar la codificación de actividad antes del 30 de junio de 2025

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La Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), aprobada por el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero (BOE de 15 de enero), reemplaza a la CNAE-2009 para reflejar los cambios económicos, tecnológicos y sociales ocurridos desde 2009.

La CNAE es esencial para la Seguridad Social, ya que permite determinar las bases de cotización y la tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales según el nivel de riesgo de cada actividad económica. Facilita la gestión y actualización de los registros administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), asegurando la organización y precisión de los datos. Además, es clave para elaborar estadísticas oficiales, garantizar la interoperabilidad con reglamentos europeos, y adaptar el sistema a los cambios económicos y tecnológicos.

La TGSS deberá garantizar que sus registros incluyan la codificación actualizada según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025 (art. 6 RD 10/2025). Para cumplir con esta obligación, los responsables del ingreso de cuotas a la Seguridad Social deberán proporcionar la siguiente información (disp. adic. única RD 10/2025):

Regulada la aplicación de coeficientes en la gestión de la IT por las mutuas

La Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (BOE de 10 de enero y en vigor el 11 de enero), publicada en desarrollo del artículo 24 de la Orden PJC/51/2024, regula la aplicación de coeficientes sobre las cuotas destinadas a la gestión de la prestación económica por incapacidad temporal (IT) derivada de contingencias comunes. Estas disposiciones incluyen ajustes según la situación financiera de las mutuas colaboradoras.

El impacto sociolaboral de la Ley orgánica 1/2025

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La Ley orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, publicada en el BOE de 3 de enero de 2025 y con entrada en vigor (si bien con excepciones) el 3 de abril de 2025, introduce cambios significativos en la organización judicial española y medidas de agilización procesal, con implicaciones directas en el ámbito de lo social.

Novedades en la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2025: la Orden ISM/1488/2024

Novedades en la regulación de la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2025. Imagen de una fila de gente extranjera haciendo cola para entrar a la puerta de International Migration

El 28 de diciembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden ISM/1488/2024, de 27 de diciembre, que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen (GECCO) para el año 2025. Esta normativa establece el marco legal para la contratación de personas trabajadoras extranjeras que no se hallen o residan en España, con el objetivo de cubrir necesidades específicas del mercado laboral español.

Las disposiciones relativas a la GECCO para 2025 no quedan afectadas por el nuevo Reglamento de extranjería aprobado recientemente. Esto garantiza la continuidad de los procedimientos establecidos en el marco del Real Decreto 557/2011, en su redacción actualizada, asegurando que las modificaciones normativas en el ámbito de extranjería no interfieran en la planificación ni en la ejecución de los programas de contratación en origen para este periodo, con lo que se refuerza la seguridad jurídica tanto para las personas empleadoras como para las trabajadoras extranjeras.

Ampliadas a 2025 las medidas extraordinarias adoptadas en la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral

Ampliadas a 2025 las medidas extraordinarias adoptadas en la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. Imagen de un chico dando clases online

La Resolución de 21 de noviembre de 2024, del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), publicada en el BOE del 19 de diciembre y con efectos a partir del día siguiente,  amplía las medidas adoptadas en la Resolución de 15 de abril de 2020, que también se aplicaron durante 2021, 2022, 2023 y 2024, a las acciones formativas que se programen durante 2025, con cargo al crédito de formación del que disponen las empresas durante dicho ejercicio. Asimismo, mantiene la extensión de estas medidas a los permisos individuales de formación que se soliciten durante el ejercicio 2023.
En concreto, establece lo siguiente:

Resolución del SEPE sobre medidas en formación laboral ante la DANA

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado la Resolución de 3 de diciembre de 2024 estableciendo medidas específicas para mitigar los efectos de la DANA en la ejecución de acciones formativas. Se aplica tanto a la formación programada por empresas como a la oferta formativa dirigida a trabajadores ocupados, y está orientada a garantizar la continuidad y adaptación de los programas formativos interrumpidos.

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