Jurisprudencia

Selección de jurisprudencia (del 21 de julio al 31 de agosto de 2016)

TJUE. Vacaciones anuales. Jubilación a petición del interesado. Trabajador que no ha agotado su derecho a vacaciones anuales retribuidas antes de la finalización de la relación laboral por haber estado enfermo.
TC. Derecho a la protección de la salud. Límites de los decretos-leyes, derecho a la salud y competencias sanitarias, derecho a la protección de datos de carácter personal: nulidad del precepto legal que remite en blanco al reglamento la determinación del nivel de ingresos que no deben superar quienes, sin tener vínculo alguno con el sistema de Seguridad Social, aspiren a acceder a la condición de asegurados. Requisitos para la adquisición de la condición de asegurado y de beneficiario.
TS. Contrato de interinidad para sustituir a trabajadora de ayuntamiento en excedencia voluntaria.
TS. Despido objetivo. Notificación. Simultaneidad de la puesta a disposición de la indemnización. Validez de la entrega de un pagaré.
TS. Comité de empresa europeo (CEE). Designación de los miembros nacionales.
TS. Prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. Menor, con parálisis cerebral, escolarizado en un centro especial donde recibe determinados tratamientos (fisioterapia, clases de audición y lenguaje, pedagogía terapéutica, etc.).
TS. La protección por desempleo. Programa de Renta Activa de Inserción (RAI). Solicitud de pago por ventanilla a través de la entidad financiera correspondiente y no mediante ingreso en cuenta bancaria, alegando el beneficiario carecer de ella. Improcedencia.
TS. RETA. Reconocimiento de incapacidad permanente absoluta en virtud de sentencia, denegada previamente en vía administrativa, encontrándose la trabajadora en alta en el régimen especial en el periodo a partir del cual se dictó la resolución del EVI objetivando las dolencias, sin que haya constancia alguna de que la demandante se incorporara realmente a sus actividades laborales por cuenta propia.
TS. RETA. Pensión de jubilación. Solicitud de invitación al pago de cuotas adeudadas y de reconocimiento de pensión de jubilación, sin acreditar carencia suficiente para obtenerla.
TS. RETA. Pensión de viudedad. Solicitud y concesión de aplazamiento del pago de cuotas debidas posterior al fallecimiento del causante. Pretensión de reconocimiento de la prestación a partir del día siguiente a la fecha de concesión del aplazamiento por entender que dicha concesión es equiparable a la situación de estar al corriente en el pago de las cotizaciones. Improcedencia.
AN. Convenio Colectivo de Contact Center. Permisos retribuidos (matrimonio, nacimiento de hijo y fallecimiento de familiar). Hecho causante que acontece en día laborable para el trabajador, durante el descanso semanal o en día festivo.
TSJ. Vacaciones. Derecho a las correspondientes al periodo de tramitación de un despido declarado nulo por vulneración de derechos fundamentales.

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Fútbol profesional e incapacidad permanente. Entre la ética y la necesidad

Domingo J. Panea Hernando
Documentación Área Sociolaboral-CEF

A nadie se le escapa que el fútbol es un deporte de riesgo. Pocos deportistas se libran de padecer durante su carrera lesiones más o menos graves que pueden alterar su rendimiento y prestaciones en el terreno de juego. A raíz de ello, algunos se ven forzados a la retirada en plenitud de facultades, otros, en cambio, pasada la treintena, en el ocaso de sus carreras. En el presente comentario analizaremos distintas cuestiones relacionadas con lo dicho, entre ellas, el grado de disfuncionalidad requerido para que un deportista de élite pueda ser acreedor al grado total de invalidez; si en dicha valoración ha de ser tenida en cuenta la edad como elemento determinante para la concesión de la pensión; el momento en que debe efectuarse la solicitud (es decir, si el futbolista debe estar en activo), y si sería ético, dados los sueldos millonarios que se barajan hoy en día.

Disponer de unos ingresos anuales superiores a 100.000 euros ya no impide acceder a la asistencia sanitaria pública

Durante los meses de julio y agosto de 2016, el BOE ha publicado tres sentencias que, con mayor o menor incidencia, tienen transcendencia sobre el sistema de Seguridad Social, si bien, por sus efectos y alcance, destaca el contenido de la STC 139/2016, de 21 de julio, comentada a continuación por don José Antonio PANIZO ROBLES.

Para poder reconocerse una prestación al deudor de la Seguridad Social ha de acreditarse, en la fecha del hecho causante, el periodo de carencia, sin que el aplazamiento concedido tras dicha fecha pueda salvar este condicionante

(SSTS de 22 y 29 de junio de 2016, RCUD 858/2015 y 2700/2014, respectivamente)

José Antonio Panizo Robles
Administrador Civil del Estado
Miembro del Instituto Europeo de Seguridad Social

 

I. Introducción

Frente a lo que sucede con la mayoría de los trabajadores por cuenta ajena, en el caso de trabajadores por cuenta propia, para acceder a la correspondiente prestación económica, además del resto de requisitos exigidos –generalmente, el alta o la situación de asimilación al alta en el momento del hecho causante, así como, en su caso, la acreditación de un periodo mínimo de cotización, también denominado«periodo de carencia»– existe un condicionamiento adicional consistente en que el causante se halle al corriente en el pago de las cotizaciones sociales a su cargo1, si bien en el supuesto de que, aun existiendo la correspondiente deuda, el interesado acredite el cumplimiento del periodo de carencia, la Administración gestora ha de ofrecer la posibilidad de que pague la deuda (a través de la denominada «invitación al pago»), de modo que, producido ese pago, se reconoce la prestación respectiva, aunque los efectos económicos de la misma van a depender de la fecha en que se produzca efectivamente el pago de lo adeudado.

El TC avala en su práctica totalidad la reforma del Sistema Nacional de Salud

El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado en su práctica totalidad el recurso de inconstitucionalidad formulado por el Parlamento de Navarra contra varios preceptos del Real Decreto-ley 16,2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. La sentencia considera que la exclusión de los extranjeros sin permiso de residencia en España de la asistencia sanitaria pública gratuita no vulnera el art. 43 de la Constitución, pues el legislador puede modular las condiciones de la prestación de dicha atención médica. Ha sido ponente de la resolución la Magistrada Encarnación Roca; formulan voto particular la Vicepresidenta, Adela Asua, y los Magistrados Fernando Valdés Dal-Ré y Juan Antonio Xiol.

El TC estima parcialmente el recurso contra las tasas judiciales a personas jurídicas por considerar que su cuantía vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva

El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados contra la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, y ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de las tasas fijadas tanto para el acceso a la jurisdicción como para la interposición de recursos por considerar que vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE). Las tasas afectadas son sólo las exigidas a las personas jurídicas; la reforma de la ley por el Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero, eximió del pago del tributo a las personas físicas, por lo que el Tribunal ha declarado extinguido el objeto del recurso en lo que se refería a dichas tasas. Ha sido ponente de la resolución el Magistrado Santiago Martínez-Vares.

El Tribunal Supremo confirma la condena a Abanca por vulnerar la libertad sindical

La Sala de lo Social ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Abanca, Corporación Bancaria, S.A. y confirma el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que declaró vulnerado el derecho a la libertad sindical al no reconocer la empresa demandada ni la constitución de secciones sindicales ni el nombramiento de delegados por agrupación de centros. Dicha sentencia ordenó el cese de dicha conducta por parte de Abanca que fue condenada al pago de una indemnización de 187,50 euros a Alternativa Sindical de Cajas de Ahorros-Asca.

El Tribunal Supremo reconoce a una madre el derecho a la prestación para cuidar a un hijo con enfermedad grave ya escolarizado en un centro especial

La Sala de lo Social señala que la ley no prevé que la escolarización del menor sea causa de extinción de la prestación

La Sala de lo Social reconoce el derecho de una madre a cobrar una prestación para el cuidado de su hijo menor de edad afectado por una enfermedad grave que MC Mutual le denegó por estar el niño escolarizado en un centro especial donde recibe diferentes cuidados.

La sentencia considera que se cumplen los requisitos legales para conceder la prestación a la progenitora, que tiene una reducción de jornada del 56,25%, porque, aunque el niño vaya a un colegio, necesita cuidado directo, continuo y permanente.

El menor, que ahora tiene seis años, nació con una enfermedad grave -hemorragia cerebral- y necesita múltiples tratamientos terapéuticos entre los que se encuentra su escolarización en un colegio donde recibe atención de fisioterapeuta, profesora de audición y lenguaje, de pedagogía terapéutica y auxiliar técnico educativo. Como consecuencia de ello, la madre se vio obligada a pedir una excedencia en su empresa en 2011 y un año después una reducción de jornada para atender a su hijo, que tiene reconocido un Grado III por el Gobierno de Cantabria, con un grado de discapacidad del 78 %.

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