Criterio técnico n.º 89/2011 Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Enviado por Editorial el Mar, 07/06/2011 - 14:40Derivación de responsabilidad a los administradores de sociedades mercantiles capitalistas en materia de deudas por cuotas de seguridad social
El Criterio Técnico del Director General de la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social versa sobre la exigencia de responsabilidad en el pago de cuotas por derivación de la misma a los administradores de sociedades mercantiles, motivada por incumplimiento de sus obligaciones en orden a la convocatoria de Junta General para adopción de acuerdo de disolución o de solicitud de disolución judicial.
El criterio técnico se divide en CUATRO apartados
PRIMERO: necesidad de que concurra causa de disolución de la sociedad
El art 367 de Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, (en adelante LSC) autoriza la derivación de responsabilidad a los administradores por las deudas sociales disponiendo que: