Legislación

Declarado el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria originada por el COVID-19

Como con seguridad es ya de todos conocido, a última hora del sábado se ha publicado en el BOE, y ha entrado inmediatamente en vigor, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19. Esta declaración afecta a todo el territorio nacional durante los próximos 15 días naturales.

Será, según lo anunciado, en el próximo Consejo de Ministros cuando se aprobarán nuevas medidas que se desarrollarán en 4 ámbitos: apoyo a trabajadores, autónomos, empresarios, familias y colectivos vulnerables; flexibilización de los mecanismos de ajuste temporal de actividad para evitar despidos; apoyo a la actividad económica de las empresas para garantizar la liquidez y, por último, apoyo a la investigación de la vacuna del coronavirus.

COVID-19. Temporalmente dejan de aplicarse las normas sobre tiempos de conducción, pausas y periodos de descanso de los conductores de transporte de mercancías

La Resolución de 13 de marzo de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre, publicada en el BOE del 14 de marzo, exceptúa temporalmente en los transportes de mercancías el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso contenidas en los artículos 6 a 9 del Reglamento (CE) n.º 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2006.

La Seguridad Social aclara algunas dudas sobre la incapacidad temporal por aislamiento o contagio por el coronavirus

Los Criterios 2/2020 y 3/2020 de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, adoptados antes de la publicación y entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2020, no van en la línea de lo establecido en la norma de urgencia, y el propio contenido del artículo quinto del real decreto-ley ha planteado dudas aplicativas que pretenden resolverse, de nuevo y por lo que respecta al ámbito estricto de la Seguridad Social, por un nuevo criterio, el Criterio 4/2020, de 12 de marzo. Este da respuesta a 3 cuestiones.

Nuevas medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19

  • Ampliación de las bonificaciones a la Seguridad Social para contratos fijos discontinuos que se realicen entre los meses de febrero y junio en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.
  • Consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio del personal encuadrado en los Regímenes Especiales de los Funcionarios Públicos como consecuencia del virus COVID-19.

Estructura orgánica básica de departamentos ministeriales

Estructura departamento ministeriales. Imagen del logo del boe

En el BOE de hoy, 12 de marzo de 2020, han sido publicados los reales decretos por los que se desarrolla la estructura orgánica básica de los ministerios de Derechos Sociales y Agenda 2030, de Sanidad y de Igualdad.

  • Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
  • Real Decreto 454/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
  • Real Decreto 455/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad.

Consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19

aislamiento y contagio

En el artículo quinto del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo (BOE de 11 de marzo), se establece que se considerarán, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal, aquellos periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el virus COVID-19.

¿En qué situación frente a la Seguridad Social están las personas trabajadoras aisladas preventivamente por el coronavirus?

Conforme al Criterio 2/2020, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, los periodos de aislamiento preventivo por el coronavirus de las personas trabajadoras serán considerados como incapacidad temporal derivada de enfermedad común.

Páginas