TS. No cabe recurso de suplicación frente al auto dictado en ejecución de sentencia en materia de MSCT. Tampoco en relación con el motivo o motivos de nulidad de actuaciones por vicios en el procedimiento (art. 191.3 d) LRJS)
Enviado por Editorial el Mar, 24/02/2026 - 15:34Recurso de suplicación. Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social en materia de modificación sustancial de las condiciones de trabajo (MSCT) estimando la demanda interpuesta por el trabajador. Solicitud por este de la extinción indemnizada del contrato al entender que la empresa no había cumplido la sentencia. Auto que da por finalizado el trámite de ejecución de sentencia al considerar esta correcta y completamente ejecutada. Irrecurribilidad de autos por la vía del artículo 191.3 d) de la LRJS.
No cabe recurso de suplicación frente a la sentencia dictada en modalidad procesal de MSCT y litigio de carácter individual, aunque incorpore reclamación de cuantía superior a 3.000 euros derivada de aplicar la decisión empresarial impugnada. Cuando la sentencia del Juzgado no es recurrible, los autos dictados en su ejecución tampoco permiten el recurso por la vía de los supuestos contemplados en el artículo 191.4 d) de la LRJS.










