Jurisprudencia

TIS. No es injustificada la ausencia al trabajo que se produce por la necesidad urgente de llevar la mascota al veterinario

No es injustificada la ausencia al trabajo que se produce por la necesidad urgente de llevar la mascota al veterinario. Imagen de un perro labrador tumbado en la consulta del veterinario

Despido disciplinario. Sector de Contact Center. Ausencias al trabajo durante 4 días, uno de ellos para llevar la trabajadora a su perro al veterinario para eutanasiarle, debido al delicado estado de salud en que se encontraba.

El enjuiciamiento del despido disciplinario debe abordarse de forma gradualista, buscando la necesaria proporción entre la infracción y la sanción, de forma que es preciso aplicar un criterio individualizador que valore las peculiaridades de cada caso concreto. En el caso analizado, la primera de las ausencias imputadas (el 29/11/2024) no puede considerarse como injustificada y ello porque, aun siendo cierto que no existe un permiso o licencia en el ET ni convenio que resulta de aplicación a la que la trabajadora podía recurrir para ausentarse de su puesto de trabajo y llevar de urgencia a su perra al veterinario, razones humanitarias, éticas y morales justifican que se haya priorizado la salud de un animal doméstico que prácticamente agonizaba a consecuencia de su precario estado de salud debido a su edad respecto de la obligación de acudir a su puesto de trabajo.

TS. Vacaciones que se disfrutan por días naturales. ¿Qué ocurre si terminan el día inmediatamente anterior al día o días de libranza?

Vacaciones que se disfrutan por días naturales. ¿Qué ocurre si terminan el día inmediatamente anterior al día o días de libranza? Imagen de una hamaca con sombrero amarillo sobre un calendario

Vacaciones. Empresa que impone a la persona trabajadora que disfruta de las vacaciones hasta el día anterior a uno de libranza, la obligación de solicitar un día de permiso por asuntos propios.

En el caso analizado, la empresa no permite que el final de un periodo de vacaciones coincida con el día inmediatamente anterior a uno de libranza, salvo que la persona trabajadora solicite el disfrute de permiso por asuntos propios en el día inmediatamente anterior al de libranza, con lo cual, la persona trabajadora finalizaría el periodo de vacaciones, disfrutaría de un día de permiso por asuntos propios y, después, tendría derecho a los correspondientes días de libranza de acuerdo con el turno en el que prestara servicios. En este contexto el convenio de aplicación, a propósito del disfrute de las vacaciones, se limita a indicar la duración de treinta días naturales y la modalidad del disfrute, que podrá ser de forma continuada o de forma partida, en cuyo caso, concreta que los períodos serán de 9 días naturales consecutivos como mínimo y, con un máximo de tres fracciones anuales.

TS. No constituye doble escala salarial la percepción de unos complementos en función de la fecha de ingreso cuando se establecen para compensar la pérdida de otros

No constituye doble escala salarial la percepción de unos complementos en función de la fecha de ingreso cuando se establecen para compensar la pérdida de otros. Imagen de dos chicas estudiantes contando dinero

Doble escala salarial. Santa Bárbara Sistemas, SA. Convenio colectivo que prevé la congelación del complemento de antigüedad, de la paga de compensación social y de la paga de productividad, siendo sustituidos por los complementos ad personam números 52, 62 y 18, no revalorizables ni absorbibles. Solicitud de que se abonen a los trabajadores contratados con posterioridad a 14 de noviembre de 2014, fecha de publicación en el BOE del convenio.

En el caso analizado, el diferente tratamiento retributivo está justificado, al basarse en una causa objetiva y razonable, ya que los tres complementos ad personam considerados se crearon para compensar la pérdida de concretos conceptos retributivos que se acordó en dos versiones sucesivas del convenio de empresa aplicable. Los tres complementos considerados venían a compensar en parte la situación generada para quienes venían percibiendo los conceptos retributivos anteriores que desaparecían, de forma tal que se mitigaba el perjuicio causado.

Un juzgado de Barcelona avala faltar al trabajo por una urgencia veterinaria de la mascota

Mascota. Urgencia veterinaria

"No puede concebirse como una ausencia por capricho de la trabajadora, sino que la misma descansa en razones sobrevenidas", dice la sentencia

El titular de la plaza 25 de la sección social del Tribunal de Instancia de Barcelona ha estimado el recurso interpuesto por una trabajadora que fue despedida de su trabajo por haber faltado en varias ocasiones por una urgencia veterinaria de su animal de compañía. 

Los hechos ocurrieron a finales de 2024 cuando la mujer, que trabajaba en un call center, fue despedida por acumular ausencias que, la empresa consideraba injustificadas. La trabajadora faltó un total de cuatro veces (la última después de recibir una llamada de urgencia del centro veterinario donde se le indicaba que debía aplicarse la eutanasia a su perro). La empresa le aplicó un despido disciplinario.

El Tribunal Supremo fija que las subvenciones concedidas a la comunidad de propietarios para efectuar reparaciones no computan para impedir cobrar el Ingreso Mínimo Vital

Reparaciones comunidad de propietarios IMV

El alto tribunal extiende al ingreso mínimo vital el mismo criterio que ya había aplicado anteriormente en varias sentencias de 2023 y 2024 al complemento de mínimos de las pensiones de jubilación

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de una beneficiaria del ingreso mínimo vital a la que el Instituto Nacional de la Seguridad Social le suspendió la prestación por considerar que una subvención para arreglar la fachada que había recibido la comunidad de propietarios debía ser computada como renta de la beneficiaria, en proporción a la participación de su vivienda en la comunidad. 

El Tribunal Supremo confirma el derecho de las facultativas del SERMAS que hacen uso de la lactancia natural a la dispensa de hacer las guardias y cobrar el complemento de atención continuada

Facultativas del SERMAS. Lactancia natural

Las jornadas de trabajo que superan las ocho horas diarias y tienen algún factor estresante o generen fatiga pueden disminuir la producción de leche materna.

La Sala Social del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que reconocía el derecho de las facultativas del Servicio Madrileño de Salud que hacen uso de la lactancia natural y que prestan servicios en 18 hospitales de la Comunidad de Madrid a ser dispensadas de hacer guardias localizadas durante los primeros 12 meses de vida del niño a su cargo y a percibir el complemento de atención continuada durante ese periodo, calculado con el promedio del año anterior al nacimiento. 

TSJ. Desempleo. Modalidad de pago único. Trabajador que compra a plazos una furgoneta para actividad de reparto. Cabe guardar una parte de la prestación para pagar el préstamo

Desempleo. Modalidad de pago único.

Desempleo. Modalidad de pago único. Adquisición por el trabajador de un vehículo de reparto valorado en 22.000 euros al que dedica parcialmente la prestación abonada por el SEPE (7.000 de 12.475,67 euros), solicitando un préstamo por la cantidad restante (15.000 euros). Solicitud de reintegro de prestaciones indebidas por la no afectación total de la cantidad percibida a la realización de la actividad programada.

El principal objetivo de que la prestación contributiva de desempleo se perciba acumulada y por una sola vez, a través de lo que se conoce como modalidad de pago único, es incentivar en mayor medida la obtención del propio empleo por los beneficiarios de prestaciones por desempleo. Así se desprende claramente de la exposición de motivos del Real Decreto 1044/1985, posibilitando que los desempleados puedan encontrar un trabajo en el menor tiempo posible. En el caso analizado, el trabajador ha justificado la inversión realizada en la actividad programada a la que se comprometió, y por la cual se le concedió la prestación de pago único, aplicando parte de los fondos al fin autorizado, siendo necesario disponer de otra parte de la prestación capitalizada para la puesta en marcha de la actividad (el resto de la prestación) y la capitalización del préstamo por los plazos pendientes de abono.

El TSJPV confirma la incapacidad permanente total de un exjugador del Athletic y su derecho a cobrar una pensión vitalicia

El TSJPV confirma la incapacidad permanente total de un exjugador del Athletic

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ratifica la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Bilbao que reconoció la incapacidad permanente total del jugador para su profesión como futbolista profesional derivada de enfermedad común y condenó a la Seguridad Social a que le abone una pensión vitalicia mensual.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Bilbao que reconoció la incapacidad permanente total de un exjugador del Athletic para su profesión como futbolista profesional derivada de enfermedad común y condenó a la Seguridad Social a que le abone una pensión vitalicia mensual del 55 % de la base reguladora de 3.042,82 euros.

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