TSJ. Riesgos psicosociales: no hay obligación de adoptar medidas preventivas hasta que el trabajador presente síntomas que ingresen en el territorio de lo patológico. La evaluación de riesgos no es una medida preventiva en sí misma
Enviado por Editorial el Lun, 14/04/2025 - 14:45Prevención de riesgos laborales. Ayuntamiento de Telde. Falta de evaluación de riesgos psicosociales y de activación del protocolo de acoso. Presentación de demanda de responsabilidad civil por policía local por una situación de conflicto laboral prolongada en el tiempo que ha derivado, tras dos bajas médicas por ansiedad, en una incapacidad permanente absoluta derivada de accidente de trabajo.
No puede admitirse una concepción predemocrática de las relaciones laborales como un escenario de concordia en el que el conflicto constituye una patología. Para sostener que ha existido una conducta ilegítima en el marco de un conflicto, no basta con el conflicto en sí mismo, sino que es necesario acreditar conductas de conflicto injustificadas y desproporcionadas, que es lo que determina su ilegalidad.