El Tribunal Supremo fija que las subvenciones concedidas a la comunidad de propietarios para efectuar reparaciones no computan para impedir cobrar el Ingreso Mínimo Vital
Enviado por Editorial el Mié, 04/02/2026 - 11:16El alto tribunal extiende al ingreso mínimo vital el mismo criterio que ya había aplicado anteriormente en varias sentencias de 2023 y 2024 al complemento de mínimos de las pensiones de jubilación
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de una beneficiaria del ingreso mínimo vital a la que el Instituto Nacional de la Seguridad Social le suspendió la prestación por considerar que una subvención para arreglar la fachada que había recibido la comunidad de propietarios debía ser computada como renta de la beneficiaria, en proporción a la participación de su vivienda en la comunidad.










