TS. Alegación por primera vez en el escrito de demanda (y no en conciliación) que el despido disciplinario debe declararse improcedente por no haberse tramitado expediente contradictorio ¿Se causa indefensión a la otra parte?
Enviado por Editorial el Mié, 18/12/2024 - 15:35Proceso laboral. Alegación por primera vez en el escrito de demanda que el despido disciplinario debe declararse improcedente por no haberse tramitado expediente contradictorio. Papeleta de conciliación en la que consta únicamente que el cese se ha producido sorpresivamente, omitiéndose el mencionado defecto formal.
La normativa que regula la papeleta de conciliación no exige que se incluya ninguna calificación jurídica, ni fundamentación jurídica. Sí que impone la enumeración clara y concreta de los hechos sobre los que versa la pretensión. Por su parte, el art. 80.1 c) de la LRJS exige que en la demanda no se aleguen hechos distintos de los aducidos en la conciliación o mediación previa.