TSJ. Recurso de suplicación. Ni la prueba testifical ni los wasaps son prueba válida a efectos de revisar los hechos declarados probados
Enviado por Editorial el Jue, 10/10/2019 - 13:18Despido improcedente. Supuesta contratación temporal fraudulenta de monitor deportivo que presta sus servicios en un ayuntamiento. Carácter extraordinario de la suplicación laboral. Recurso limitado a pedir reformas de hechos: testifical y wasaps como medios probatorios.
El recurso de suplicación no tiene la naturaleza de la apelación ni de una segunda instancia, sino que resulta ser de naturaleza extraordinaria, casi casacional, en el que el tribunal ad quem no puede valorar ex novo toda la prueba practicada en autos. Esta atribución de la competencia valorativa al magistrado a quo es precisamente la que determina que el tribunal superior haya de limitarse normalmente a efectuar un mero control de la legalidad de la sentencia y solo excepcionalmente pueda revisar sus conclusiones de hecho precisamente para cuando de algún documento o pericia obrante en autos e invocado por el recurrente pongan de manifiesto de manera incuestionable el error del juez a quo. En el caso analizado, el trabajador solicitó que se declarara probado que prestó servicios sin mediar contrato durante 3 meses, según conversaciones mantenidas por wasap con empleados municipales y testifical de personas usuarias de las actividades deportivas.