Legislación Estatal

Publicado el V Acuerdo sobre solución autónoma de conflictos laborales

Se ha publicado la Resolución de 10 de febrero de 2012 de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el V Acuerdo sobre solución autónoma de conflictos laborales (sistema extrajudicial).

El Acuerdo fue suscrito el pasado 7 de febrero de 2012  de una parte por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.) y por la Unión General de Trabajadores (UGT) y de otra por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME).

Nace con la finalidad de que el sistema estatal de solución autónoma de conflictos disponga de instrumentos de aplicación general y directa sobre los sectores y empresas incluidos en su ámbito de aplicación, sin perjuicio de los sistemas propios existentes en determinados sectores y empresas.

El Acuerdo se compone de 3 Títulos, 3 Disposiciones Adicionales, 2 Disposiciones Transitorias, una Final y para finalizar un Anexo de recomendaciones sobre las comisiones paritarias.

Publicada en el BOE la Resolución por la que se determina la tramitación de las ayudas del programa PREPARA

Ha sido publicada la Resolución de 15 de febrero de 2012, del Servicio Público de Empleo Estatal por la que se determina la tramitación para la concesión de las ayudas económicas establecidas en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, establecido en el Real Decreto Ley 1/2011 de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas.

En el artículo 2 del Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, se establecía una duración del programa de 6 meses desde su entrada en vigor, finalizando sus efectos el día 15 de agosto de 2011, siendo la Resolución que lo regula del 15 de febrero de 2011.

Posteriormente el Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto, prorrogó por un periodo de 6 meses la aplicación del mencionado programa de recualificación profesional de las personas que agoten la prestación desde el 16 de agosto al 15 de febrero 2012. La Resolución que regula la tramitación es la de 30 de agosto de 2011.

Asimismo por Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, en su Disp. Adic. Decimotercera, prorroga durante 6 meses más el programa PREPARA, desde el 16 de febrero de 2012 al 15 de agosto de 2012.

Desarrollada la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social

El pasado sábado se publicó el Real Decreto 343/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MESS), departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del gobierno en materia de empleo y de seguridad social, de extranjería, inmigración y emigración.

Publicadas para el 2012 bases de cotización de los trabajadores del Régimen Especial del Mar

El pasado lunes ha sido publicada la Orden ESS/229/2012, de 9 de febrero, por la que se establecen para el año 2012 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.

La Ley 39/2010 de Presupuestos Generales del Estado para 2011 (prorrogada), en su artículo 132.siete. 2 establece:

Art. 132.siete. 2 Ley 39/2010

La cotización para todas las contingencias y situaciones protegidas en este Régimen Especial de los trabajadores incluidos en los grupos segundo y tercero a que se refiere el artículo 19.5 del texto refundido aprobado por Decreto 2864/1974, de 30 de agosto, se efectuará sobre las remuneraciones que se determinen anualmente mediante Orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración (actual Ministerio de Empleo y Seguridad Social), a propuesta del Instituto Social de la Marina, oídas las organizaciones representativas del sector. Tal determinación se efectuará por provincias, modalidades de pesca y categorías profesionales, sobre la base de los valores medios de remuneración percibida en el año precedente.

La reforma del mercado laboral: el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero

El Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, publicado el 11 de febrero (corrección de errores en BOE de 18 de febrero) y de vigencia inmediata, es, sin duda, como se predica en su Exposición de Motivos y venía anunciándose, una reforma de envergadura y, como la crisis, con perdón de la licencia, afecta a los fundamentos mismos de nuestro modelo sociolaboral.  Los cambios normativos que introduce suponen una reformulación de aspectos esenciales en la regulación de las instituciones básicas del Derecho del Trabajo, tanto individual como colectivo, y trascienden lo sustantivo para incidir en otros ámbitos como el procesal laboral o el de la protección social, reflejando, en definitiva, un cambio conceptual de las reglas del juego.

Entre epítetos, los que en las líneas del preámbulo de la norma se utilizan para caracterizar tanto la situación económica por la que atraviesa nuestro país como las medidas adoptadas, y los que una lectura detenida del Real Decreto-Ley provoque al lector, intentaremos una aproximación a los cambios operados por esta reforma que procedemos a abordar.

INFORMACIÓN RELACIONADA

El departamento de documentación del CEF.-, ha elaborado unos cuadros comparativos de las modificaciones introducidas por el RDL 3/2012 en los distintos documentos afectados, los cuales le resultarán muy útiles para conocer los cambios de cada norma.

 

 

Desarrolladas las normas de cotización a la Seguridad Social, desempleo, cese de actividad, FOGASA y Formación Profesional para 2012

Las previsiones legales que en materia de cotizaciones sociales para el presente ejercicio 2012 se contienen en el artículo 13 del Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, son desarrolladas por la Orden ESS/184/2012, de 2 de febrero, cuyos efectos se retrotraen al 1 de enero de 2012.

A través de esta Orden de Cotización se establecen para 2012 las bases y tipos de cotización, se adaptan las bases fijadas con carácter general a los supuestos de contratos a tiempo parcial, se establece la aplicación de la tarifa de primas a la cotización por contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), se fijan los coeficientes aplicables para determinar la cotización a la Seguridad Social en supuestos específicos como los de convenio especial, colaboración en la gestión de la Seguridad Social o exclusión de alguna contingencia, así como los coeficientes para la fijación de las aportaciones a cargo de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social al sostenimiento de los servicios comunes de la Seguridad Social, los valores límite de los índices de siniestralidad general y de siniestralidad extrema, correspondientes al ejercicio 2011, y el volumen de cotización por contingencias profesionales a alcanzar durante el período de observación, para el cálculo del incentivo previsto en el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, consistente en reducciones de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que se distingan por su contribución eficaz y contrastable a la reducción de la siniestralidad laboral y por la realización de actuaciones efectivas en la prevención de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales.

Dictamen del Consejo de Estado nº 37/2012

Publicado el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva: 2012-2014

Hoy se ha publicado la Resolución de 30 de enero de 2012, de la Dirección General de Empleo, donde se contiene el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012, 2013 y 2014, suscrito el pasado 25 de enero por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), de una parte, y por las Confederaciones Sindicales de Comisiones Obreras (CCOO) y de la Unión General de Trabajadores (UGT), de otra, del que ya se ha dado noticia en esta página.

Nuevo modelo 145 de comunicación de datos al pagador

En relación con las comunicaciones de datos al pagador o de variación de los datos previamente comunicados que deban efectuarse a partir del 1 de febrero de 2012, la Resolución de 23 de enero de 2012, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria aprueba un nuevo modelo 145, de comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador o de la variación de los datos previamente comunicados, modificando para ello su regulación contenida en la Resolución de 3 de enero de 2011.

Páginas