Publicado y en vigor el Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre: A vueltas con la contratación y la flexibilidad en la organización del tiempo de trabajo
Enviado por laboral el Dom, 22/12/2013 - 06:12Tras el Consejo de Ministros del 20 de diciembre, a casi nadie habrá sorprendido ver publicado en el BOE del sábado inmediato siguiente el Real Decreto-Ley anunciado. Así ha sido: publicación inmediata y entrada en vigor en la misma línea. El domingo, 22 de diciembre está vigente el Real Decreto-ley número 16/2013, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores (en adelante, RDL).
Las medidas instrumentadas en esta ocasión, afectando principalmente a contratación y a flexibilidad en la organización del tiempo de trabajo, implican modificaciones en los ámbitos que se abordan a continuación. Emplazamos, no obstante, a una lectura detenida del pormenorizado análisis que de los contenidos de esta norma, y de otras de indudable interés, se contendrá en el estudio titulado "La rabiosa actualidad socio-laboral para el inicio del 2014: entre la certeza de los recortes de la protección social y la esperanza de la empleabilidad a tiempo parcial", que agradecemos desde aquí al profesor MOLINA NAVARRETE, y que será publicado en el próximo número de la RTSS.CEF.
- CONTRATO A TIEMPO PARCIAL
- PERIODO DE PRUEBA
- DISTRIBUCIÓN IRREGULAR DE LA JORNADA
- REDUCCIÓN DE JORNADA POR CUIDADO DE UN MENOR
- CONTRATO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES
- CONTRATOS QUE PUEDEN REALIZAR LAS ETT: CONTRATO EN PRÁCTICAS
- CONTRATO A TIEMPO PARCIAL CON VINCULACIÓN FORMATIVA
- CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
- APORTACIONES ECONÓMICAS POR DESPIDOS COLECTIVOS EN EMPRESAS CON BENEFICIOS
- COTIZACIÓN
- Y PARA CONCLUIR…UN MANDATO DE EXTRAORDINARIA Y URGENTE NECESIDAD