Legislación Estatal

Las «medidas de orden social» contenidas en el Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero

Apenas transcurridas 72 horas del Debate sobre el estado de la Nación, se publica en el BOE del sábado 28 de febrero la primera norma de extraordinaria y urgente necesidad de 2015: el Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, con el título «de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social» (convalidado por Resolución de 12 de marzo de 2015).

A continuación se resumen las medidas de orden social, sin perjuicio de remitir al lector a las páginas web del CEF destinadas específicamente al análisis especializado de los temas tributarios (fiscal-impuestos) y mercantiles (civil-mercantil), por lo que respecta a los contenidos del Real Decreto-Ley 1/2015 (en adelante, RDL) en materia de impuestos, de procedimiento concursal y de deudas hipotecarias.

I. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DEL EMPLEO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

  1. Fomento del empleo indefinido: La «tarifa reducida»
  2. Empleo autónomo: Bonificación por conciliación vinculada a contratación
  3. Protección social agraria: Reducción de jornadas reales exigidas para el acceso al subsidio por desempleo y a la renta agraria

II. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Las tasas dejan de ser un obstáculo también en el orden jurisdiccional social

III. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: Reforma de los mecanismos de participación y negociación colectiva en el ámbito de la Administración General del Estado

Se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2015 el derecho a la asistencia sanitaria para los españoles en situación de necesidad residentes en el exterior

La Resolución de 12 de febrero de 2015, de la Dirección General de Migraciones, publicada hoy (BOE de 24 de febrero), prorroga hasta el 31 de diciembre de 2015 el derecho a asistencia sanitaria para todos los españoles residentes en el exterior que hubieran acreditado a 31 de diciembre de 2014 la condición de beneficiario de la prestación económica por razón de necesidad regulada en la en la Ley 40/2006, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior y en el Real Decreto 8/2008 (Capítulo III).

Prórroga del Programa PREPARA: del 16 de febrero al 15 de agosto de 2015

La Resolución de 13 de febrero de 2015, del Servicio Público de Empleo Estatal, publicada en el BOE del 21 de febrero, en vigor el 22, y con efectos desde el día 16 del mismo mes, prorroga la vigencia de la de 1 de agosto de 2013, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas económicas de acompañamiento incluidas en el programa PREPARA.

Aumento de las cuantías máximas de las bonificaciones para financiar la formación de contratos con «ninis»

El Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en la Sección 3ª de su Capítulo I (arts. 107 a 110), contiene medidas de apoyo a la contratación de las que se dio cuenta en su momento en esta página, y donde se encuentra el origen de la Orden ESS/41/2015, de 12 de enero, publicada en el BOE de hoy (24 de enero de 2015).

Esta Orden viene a dar cumplimiento al mandato, dirigido al Ministerio de Empleo y Seguridad Social y recogido en el artículo 109 del RDL, de modificar, en un plazo que expiró el 5 de agosto de 2014, la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje en desarrollo del Real Decreto 1529/2012, con un doble propósito: (1) aumentar las cuantías máximas de las bonificaciones empresariales a la Seguridad Social dirigidas a financiar los costes de la formación inherente al contrato para la formación y el aprendizaje cuando se contrate a un beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil –SNGJ- y, (2) introducir una bonificación adicional para financiar los costes derivados de la obligada tutorización de cada trabajador a través del contrato de formación y aprendizaje.

Ampliados los supuestos de utilización de tarjetas de débito y de crédito para pagar deudas con la Seguridad Social

La Resolución de 26 de diciembre de 2014, de la Tesorería General de la Seguridad Social, publicada en el BOE de hoy (14 de enero), autoriza la utilización de tarjetas, tanto de débito como de crédito, como medio de pago de las deudas con la Seguridad Social:

  • En vía voluntaria no ingresadas dentro del plazo reglamentario.
  • En vía ejecutiva.
  • Que hayan sido objeto de reclamación de deuda.

Esta posibilidad será efectiva a partir del 15 de enero de 2015.

Publicadas las instrucciones para hacer efectiva la recuperación de la paga extra de 2012

En el BOE del día 2 de enero de 2015, se publica la Resolución de 29 de diciembre de 2014, conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Administraciones Públicas, en la que se dictan instrucciones –con el objeto de facilitar la confección de las nóminas– para la aplicación efectiva, en el ámbito del sector público estatal, de las previsiones de la disposición adicional décima segunda, de la Ley 36/2014, de Presupuestos Generales del Estado para 2015, donde se contempla la recuperación de parte de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 que fue suprimida por aplicación del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, y se establece cómo se llevará a cabo.

Gestión colectiva de contrataciones en origen 2015: Trabajadores para campañas agrícolas de temporada

Durante 2015, en virtud de lo establecido en la Orden ESS/2505/2014, de 29 de diciembre (BOE de 1 de enero de 2015), se prorroga por tercer año consecutivo (en 2014 y 2013 lo hicieron, respectivamente, las Ordenes ESS/2445/2013 y ESS/2825/2012), la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012, exclusivamente a los efectos de la contratación de trabajadores para campañas agrícolas de temporada y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley Orgánica de Extranjería.

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