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TSJ. Desempleo. Modalidad de pago único. Trabajador que compra a plazos una furgoneta para actividad de reparto. Cabe guardar una parte de la prestación para pagar el préstamo

Desempleo. Modalidad de pago único.

Desempleo. Modalidad de pago único. Adquisición por el trabajador de un vehículo de reparto valorado en 22.000 euros al que dedica parcialmente la prestación abonada por el SEPE (7.000 de 12.475,67 euros), solicitando un préstamo por la cantidad restante (15.000 euros). Solicitud de reintegro de prestaciones indebidas por la no afectación total de la cantidad percibida a la realización de la actividad programada.

El principal objetivo de que la prestación contributiva de desempleo se perciba acumulada y por una sola vez, a través de lo que se conoce como modalidad de pago único, es incentivar en mayor medida la obtención del propio empleo por los beneficiarios de prestaciones por desempleo. Así se desprende claramente de la exposición de motivos del Real Decreto 1044/1985, posibilitando que los desempleados puedan encontrar un trabajo en el menor tiempo posible. En el caso analizado, el trabajador ha justificado la inversión realizada en la actividad programada a la que se comprometió, y por la cual se le concedió la prestación de pago único, aplicando parte de los fondos al fin autorizado, siendo necesario disponer de otra parte de la prestación capitalizada para la puesta en marcha de la actividad (el resto de la prestación) y la capitalización del préstamo por los plazos pendientes de abono.

El TSJPV confirma la incapacidad permanente total de un exjugador del Athletic y su derecho a cobrar una pensión vitalicia

El TSJPV confirma la incapacidad permanente total de un exjugador del Athletic

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ratifica la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Bilbao que reconoció la incapacidad permanente total del jugador para su profesión como futbolista profesional derivada de enfermedad común y condenó a la Seguridad Social a que le abone una pensión vitalicia mensual.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Bilbao que reconoció la incapacidad permanente total de un exjugador del Athletic para su profesión como futbolista profesional derivada de enfermedad común y condenó a la Seguridad Social a que le abone una pensión vitalicia mensual del 55 % de la base reguladora de 3.042,82 euros.

Selección de jurisprudencia (del 16 al 31 de enero de 2026)

Selección de jurisprudencia (del 16 al 31 de enero de 2026). Imagen de las bases de unas columnas

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Regularización extraordinaria de inmigrantes 2026: implicaciones laborales y oportunidades para empresas y asesores

Regularización extraordinaria de inmigrantes 2026: implicaciones laborales y oportunidades para empresas y asesores. Imagen de una sala de espera en el que algunos están navegando con su móvil

El Consejo de Ministros ha aprobado la tramitación urgente de un real decreto para iniciar un proceso extraordinario de regularización de personas extranjeras que se encuentran en España en situación administrativa irregular.

La medida, que podría beneficiar a hasta medio millón de personas, permitirá el acceso a autorizaciones de residencia y trabajo durante un año prorrogable. Esto beneficia al trabajador y también a las empresas, que ganan seguridad jurídica y se facilita la contratación en sectores con escasez de mano de obra. Además, tendrá un impacto inmediato en la gestión de personal de las empresas y en la actividad profesional de los asesores laborales.

Desde una perspectiva estrictamente laboral, esta regularización plantea retos operativos, nuevas obligaciones de cumplimiento y, al mismo tiempo, oportunidades para formalizar relaciones laborales que hasta ahora se desarrollaban en un marco de inseguridad jurídica.

Trabajo garantiza que los contratos vinculados al SMI mantienen su referencia actual

SMI

El Ministerio de Trabajo y Economía Social se encuentra en proceso de determinación de la cuantía del SMI para 2026.

La caída abrupta de la prórroga del SMI de 2025 en el trámite parlamentario no afecta a los contratos ya vigentes, que no pueden reducir la cuantía de su salario por la mera derogación del Real Decreto-ley. 

Cuando tenga lugar la aprobación del nuevo SMI para 2026 entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Criterio de gestión del INSS núm. 1/2026 sobre la integración de periodos sin obligación de cotizar para el cálculo de las pensiones de jubilación (Disp. trans. cuadragésima primera LGSS)

Criterio de gestión del INSS núm. 1/2026

Se consulta sobre la aplicación de la disposición transitoria cuadragésima primera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (TRLGSS), en relación con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de mayo de 2025, asuntos acumulados C-623/23 [Melbán] y C-626/23 [Sergamo].

(INSS: Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica)

Publicado el Acuerdo de derogación del RDL 16/2025

Publicado el Acuerdo de derogación del RDL 16/2025

En el BOE del 28 de enero se publica la Resolución de 27 de enero de 2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.

Publicado el real decreto de revalorización de pensiones 2026

Publicado el real decreto de revalorización de pensiones 2026. Imagen de un post-it con la palabra pensión y calendarios y calculadora en la mesa

El Real Decreto 39/2026, de 21 de enero (publicado en el BOE el 22-01-26), con entrada en vigor el día de su publicación y efectos económicos desde el 1 de enero de 2026, regula la limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas y la revalorización de las pensiones de la Seguridad Social, de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2026.

A través de esta norma se desarrollan reglamentariamente las previsiones del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, destacándose los siguientes aspectos:

  • Límite de la cuantía inicial de las pensiones públicas (2026): el importe inicial máximo queda fijado en 3.359,60 €/mes o 47.034,40 €/año.
  • Revalorización general (2026): las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado (causadas antes del 1/1/26 y no concurrentes) se revalorizan en un 2,7 %.
  • Complementos por mínimos (contributivas): se fijan reglas y requisitos (incluida la comprobación de ingresos y, para pensiones causadas desde 2013, el requisito de residencia en España) y las cuantías mínimas se recogen en los anexos.
  • Complemento para la reducción de la brecha de género: desde 1/1/26, 36,90 €/mes.
  • Pensiones no contributivas: cuantía anual de jubilación e incapacidad en modalidad no contributiva 8.803,20 €/año y complemento por alquiler de 525 €/año (con condiciones).
  • SOVI: la pensión (no concurrente) queda en 8.394,40 €/año (con reglas específicas y garantías en casos de totalización internacional).
  • Otras prestaciones y ayudas: actualización de prestaciones familiares (asignación por hijo/a a cargo, nacimiento/adopción, etc.) y otras ayudas/subsidios; además, revalorización de ciertas prestaciones específicas (p. ej., gran invalidez de regímenes especiales).