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TSJ. Despido disciplinario de trabajador conociendo la empresa que su mujer estaba embarazada. La incomparecencia de la empleadora a los actos de conciliación y juicio da valor al panorama indiciario de lesión de un derecho fundamental

El despido debe calificarse como nulo. Primer plano de mesa con elementos de carácter judicial y sala al fondo

Despido disciplinario. Incomparecencia de la empresa a los actos de conciliación y juicio. Solicitud de nulidad del despido que es desestimada en instancia, reconociéndose la improcedencia, porque el trabajador, más allá de acreditar que su mujer estaba embarazada y la posibilidad de que la empresa conociera ese dato, no justificó indiciariamente que esta fuera la causa real del cese.

En el caso analizado, lo que en su día denunció el actor en su demanda fue que a pesar de reconocer que no había comunicado a la empresa su próxima paternidad, esta conocía que su mujer estaba embarazada y, de este modo, su despido pudo constituir una consecuencia directa de que en fechas no muy remotas tendría lugar un suceso, el nacimiento que, después, determinaría que al actor le fuera reconocido el permiso previsto en la ley y la consiguiente prestación por nacimiento y cuidado de menor. La sentencia de instancia valida la afirmación de la demanda en el sentido que la empresa conocía que la mujer del actor estaba embarazada.

TSJ. Permiso retribuido por fuerza mayor ex artículo 37.9 del ET. Debe concederse para acompañar a hijo menor a la zona de urgencias del centro de salud

La enfermedad de la menor generó una situación imprevista que requería la asistencia inmediata del progenitor. Médico examinando a un niño en una consulta

Permiso retribuido por fuerza mayor ex artículo 37.9 del ET. Acompañamiento a hija menor al centro de salud por urgencia médica. Negativa de la empresa a su concesión obligando al trabajador a recuperar las horas (22 de noviembre de 2023 y 31 de mayo de 2024).

El artículo 37.9 del ET reconoce el derecho de los trabajadores a ausentarse en situaciones urgentes derivadas de enfermedad o accidente de un familiar, garantizando su derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar. De este precepto se desprenden tres requisitos esenciales para que una ausencia pueda ser calificada como permiso retribuido por causa de fuerza mayor: 1. Existencia de un motivo familiar urgente: que la ausencia de la persona trabajadora obedezca a una situación sobrevenida e imprevisible que requiera su presencia inmediata. 2. Situación de enfermedad o accidente: que el familiar o conviviente se encuentre afectado por un problema de salud que exija la asistencia de la persona trabajadora. 3. Indispensabilidad de la presencia de la persona trabajadora: que la ausencia esté justificada por la necesidad ineludible de que la persona trabajadora se haga cargo de la situación, al no existir una alternativa razonable para la atención del familiar. En el caso analizado la enfermedad de la hija del actor es causa directa de la ausencia del trabajador demandante.

Selección de jurisprudencia (del 1 al 15 de noviembre de 2025)

Selección de jurisprudencia (del 1 al 15 de noviembre de 2025). Imagen de las manos de un juez en la que tiene unos documentos

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TSJ. Condenada una empresa a pagar 10.000 euros a una trabajadora por incluir la expresión «zumbada» en la casilla correspondiente a «beneficiario» en el momento de abonar el salario mediante transferencia bancaria

Condenada una empresa a pagar 10.000 euros a una trabajadora por incluir la expresión “zumbada” en la casilla correspondiente a «beneficiario» en el momento de abonar el salario mediante transferencia bancaria. Imagen mirando el movil muy enfadada

Vulneración del derecho al honor. Abono del salario mediante transferencia bancaria incluyendo la expresión «zumbada» en la casilla correspondiente a «beneficiario».

La expresión «zumbada» hace directa referencia a una situación de estado mental que no es admisible, por ser insultante. Además, se está utilizando dicha expresión en un contexto de la propia relación laboral, esto es, al abonarse los salarios de dos mensualidades mediante transferencia bancaria, refiriendo dicha expresión en la orden de transferencia para referirse a la demandante. Por otra parte, aunque ello no fuera determinante, resulta que la expresión «zumbada» se utiliza en un marco en el que hay otra personas que han podido tener acceso y conocimiento de la misma, esto es, que no se ha producido en un entorno meramente privado, toda vez que se ha incluido en órdenes de transferencia a las que pueden tener legítimo acceso personas trabajadoras de la entidad bancaria. No se trata de un supuesto en el que la demandante haya sido insultada en el marco de una relación privada, sino que lo ha sido al percibir sus salarios por el trabajo realizado para la empresa demandada, razón por la que debe entenderse que el honor de la demandante ha sido gravemente perjudicado en un contexto laboral.

El TJUE salva lo mollar de la Directiva de salarios mínimos adecuados y, de paso, ¿refuerza el estándar objetivo del CEDS?

El TJUE salva lo mollar de la Directiva de salarios mínimos adecuados y, de paso, ¿refuerza el estándar objetivo del CEDS? Imagen de la balanza de justicia sobre el fonde de la bandera de la UE

Cristóbal Molina Navarrete

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

Universidad de Jaén

https://orcid.org/0000-0001-8830-6941

 

«A usted le parecerá Balzac un buen novelista –decía a Juan de Mairena un joven ateneísta de Chipiona.
– A mí, sí.
–A mí, en cambio, me parece un autor tan insignificante que ni siquiera lo he leído».

Antonio Machado (Sentencias y Donaires)

Reforma de las pensiones: sostenibilidad, modalidades de jubilación y retos para los asesores laborales

Reforma de las pensiones: sostenibilidad, modalidades de jubilación y retos para los asesores laborales. Imagen de una pareja senior paseando felizmente por la playa

La sostenibilidad del sistema público de pensiones es un debate recurrente que salta a la palestra cada cierto tiempo.

Según un reciente estudio publicado por la Fundación de Estudios Aplicados de Economía (FEDEA) sobre el impacto de la reforma de las pensiones de 2021-23, la creciente brecha entre prestaciones y cotizaciones amenaza con drenar recursos necesarios para atender otras prioridades.

El creciente aumento del gasto en pensiones, que en 2050 alcanzará límites alarmantes, obliga a plantear medidas de ajuste y a repensar las modalidades de jubilación para conciliar sostenibilidad y protección social.

Sin embargo, a pesar de los alarmantes datos sobre la sostenibilidad del sistema, las pensiones contributivas se revalorizaron en 2025 un 2,8%.

A continuación analizaremos las claves para la sostenibilidad del sistema público de pensiones, las modalidades de jubilación que ganan protagonismo tras la reforma de 2025 y las principales implicaciones para los asesores laborales y responsables de recursos humanos.