TSJ. Las complicaciones derivadas de una operación de cirugía estética sí dan derecho a subsidio de incapacidad temporal
Enviado por Editorial el Mar, 12/06/2018 - 08:49Acceso a la situación de incapacidad temporal (IT) y reconocimiento del derecho. IT derivada de enfermedad común. Baja determinada por operación de cirugía estética (colocación de implantes dentales).
Aunque la cirugía puramente estética, asumida de forma voluntaria (no indicada por facultativo especialista) y que no guarde relación con accidente, enfermedad o malformación congénita, no solo se encuentra excluida del sistema de la sanidad pública, sin recibir por lo tanto atención sanitaria de la Seguridad Social, sino que en principio tampoco genera el reconocimiento del derecho a obtener un subsidio que cubra el defecto de ingresos producido por la baja temporal en el trabajo, no ocurre lo mismo con las complicaciones o patologías que aparecen como efectos secundarios de la intervención libremente asumida.