TSJ. Es posible prorratear el pago de la indemnización por cese a lo largo del contrato
Enviado por Editorial el Vie, 10/05/2019 - 14:39Extinción de contrato temporal. Corredor de equipo ciclista. Cláusula contractual en la que se especifica que el trabajador tiene derecho a percibir 170.000 euros en concepto de salario y otro tipo de retribución, particularmente la indemnización por fin de contrato, acordando las partes descontar la indemnización que en derecho pueda corresponder al trabajador por la finalización del acuerdo de la cantidad a percibir en el último año de vigencia del contrato.
No existe norma alguna que prohíba el prorrateo mensual de la indemnización por fin de contrato, no siendo esta práctica fraudulenta salvo que exista una clara demostración de que, bajo el importe de la liquidación, se esconden conceptos salariales. De este modo, el prorrateo de la indemnización por fin de contrato, siempre que sea a cuenta de lo que finalmente pueda corresponder al trabajador, es válido, resultando tal forma de abono favorable a sus intereses, puesto que le asegura la percepción de la indemnización de manera anticipada a la finalización de su contrato temporal.