Artículos

La Seguridad Social en el año 2012 (análisis de las medidas contenidas en el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público)

El ejercicio 2012 se ha iniciado a efectos de Seguridad Social, como para las demás manifestaciones de la acción pública gestionada por y desde la Administración General del Estado, con la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para 2011, aprobados a través de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre; prórroga que se ha visto acompañada por la adopción de unas medidas complementarias, contenidas en una disposición con rango de real decreto-ley, el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público (BOE de 31 de diciembre de 2011 y corrección de errores de 10 de enero de 2012) en el que se contienen determinadas disposiciones que afectan a la Seguridad Social, en especial en los ámbitos de la cotización, la revalorización de las pensiones o la protección por desempleo, y cuyo contenido se recoge en este trabajo.

Palabras clave: prórroga Ley de Presupuestos, Seguridad Social, cotización, revalorización y acción protectora.

 

José Antonio Panizo Robles
Administrador Civil del Estado
Miembro del Instituto Europeo de Seguridad Social

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
RTSS. CEF. NÚM. 347 (febrero 2012)

Comprar Documento en ceflegal.com

La regulación de las prácticas no laborales en empresas en el Real Decreto 1543/2011: ¿Un sucedáneo de contrato en prácticas?

Las personas jóvenes que aun teniendo una formación académica o profesional acreditada carecen de experiencia laboral se encuentran con una especial dificultad de inserción en el mercado laboral. En este contexto, se ha producido la aprobación del Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas, dirigidas a personas jóvenes que, debido a su falta de experiencia laboral, tienen problemas de empleabilidad. A tal efecto, esta norma pretende que los jóvenes que se encuentren en posesión de un título universitario, de formación profesional o bien de un certificado de profesionalidad realicen prácticas no laborales en las empresas con el en de mejorar su empleabilidad y obtener un primer contacto con la realidad laboral a través del acercamiento a la misma, al tiempo que les permita completar su formación.

Como puede observarse, las medidas que se adoptan en el Real Decreto 1543/2011 para la consecución de los objetivos expuestos no consisten en el fomento de la contratación de estos jóvenes titulados recientes, ya sea mediante la regulación de modalidades contractuales específicas o mediante el establecimiento de incentivos a su contratación, sino que se contempla una medida que consiste en el desarrollo de prácticas no laborales. Esta vía de fomento de la contratación de los jóvenes titulados recientes, sin embargo, se aproxima mucho a la contratación en prácticas, lo cual puede dar lugar a situaciones limítrofes entre ambas figuras.

Precisamente, en este trabajo se pretende llevar a cabo un análisis del régimen jurídico previsto en el Real Decreto 1543/2011 para las prácticas no laborales en empresas comparándolo con el previsto en la normativa reguladora del contrato en prácticas, lo cual nos permitirá determinar si efectivamente nos encontramos ante dos figuras jurídicas totalmente diferenciadas o si, por el contrario, las prácticas no laborales en empresas se configuran como un sucedáneo de contrato en prácticas por el que los jóvenes titulados deben transitar para poder acceder con posterioridad al mercado laboral.

Palabras clave: prácticas no laborales, becas, fomento del empleo y contrato en prácticas.

 

Josep Moreno Gené
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Lleida

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
RTSS. CEF. NÚM. 347 (febrero 2012)

Comprar Documento en ceflegal.com

La doctrina unificada del Tribunal Supremo sobre los Derechos Laborales y de Seguridad Social del trabajador extranjero en situación administrativa irregular

La doctrina unificada del Tribunal Supremo sobre los Derechos Laborales y de Seguridad Social del trabajador extranjero en situación administrativa irregular

La normativa sobre extranjería exige que el trabajador extranjero no comunitario que pretenda prestar servicios laborales en España deba proveerse de una autorización de residencia y de trabajo. Sin embargo, la realidad demuestra que muchos de los extranjeros prestan un trabajo por cuenta ajena (que reúne los requisitos exigidos por el art. 1.1 del Estatuto de los Trabajadores) sin la preceptiva autorización. La ley y los tribunales pretenden dar respuesta a esta situación, aunque no siempre de manera clara. Este breve estudio busca un objetivo doble. Por una parte, compendiar los pronunciamientos jurisprudenciales que el Tribunal Supremo ha ido vertiendo sobre la controvertida cuestión de los efectos que sobre el contrato de trabajo y la Seguridad Social acarrea la falta de autorización administrativa para trabajo del extranjero extracomunitario. Por otra, resaltar las interrelaciones que entre el poder judicial y el legislativo se están produciendo en esta materia. En efecto, el legislador ha dejado abierto el elenco de derechos laborales y de Seguridad Social que «pudieran corresponderle» al trabajador extranjero en situación administrativa irregular, y la doctrina jurisprudencial ha inspirado alguna de las reformas de la Ley Orgánica de Extranjería en esta materia.

A pesar de ello, y de que el Tribunal Supremo en los últimos casi 10 años ha ido perfilando y aquilatando la interpretación del artículo 36 de la Ley Orgánica de Extranjería, con pronunciamientos cada vez más fundamentados, la cuestión sigue planteando muchos interrogantes que deberían ser solucionados por el legislador de forma clara, evitando construcciones jurisprudenciales controvertidas.

Palabras clave: trabajador extranjero, permiso de trabajo, derechos laborales y derechos de Seguridad Social.

 

Pilar Charro Baena
Profesora Titular de Derecho del Trabajo
y de la Seguridad Social.
Universidad Rey Juan Carlos

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
RTSS. CEF. NÚM. 347 (febrero 2012)

Comprar Documento en ceflegal.com

Inspección de Trabajo y Seguridad Social (caso práctico)

En el presente caso práctico se reproduce el enunciado del supuesto referido a la actividad de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que se planteó como segundo ejercicio en la convocatoria de la oposición para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social efectuada por Orden TIN/2339/2009, de 4 de agosto BOE de 2 de septiembre. En él se efectúa un análisis de las cuestiones derivadas del planteamiento, incorporando la fundamentación jurídica de la respuesta.

Palabras clave: Inspección de Trabajo y Seguridad Social y caso práctico.

 

Susana Abad de las Heras
María Ramos Beeg
Inspectoras de Trabajo

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
RTSS. CEF. NÚM. 347 (febrero 2012)

Comprar Documento en ceflegal.com

Externalización de la función de Recursos Humanos: conceptos, retos y propuesta de sistematización

En el actual entorno económico, las organizaciones buscan constantemente nuevas formas de flexibilidad en su esfuerzo para devenir competitivas. Una de las avenidas hacia la fleexibilización de las organizaciones es la externalización o outsourcing de algunos procesos empresariales, tanto si es con el objetivo de recortar costes como con el de adquirir experiencia y know-how de organizaciones externas. La función de recursos humanos o algunos de sus componentes también han estado sujetos a la externalización desde hace ya tiempo (especialmente procesos de selección o actividades de formación). Sin embargo, la decisión sobre qué externalizar, cómo, cuándo y a quién es una elección no desprovista de ciertos riesgos. Este artículo revisa los principales conceptos, lógica y retos a la externalización de la función de recursos humanos, y genera una agenda de investigación para orientar los esfuerzos de los estudiosos del tema a conseguir evidencias más concluyentes sobre la práctica de la externalización de recursos humanos. Se concluye con una propuesta dirigida tanto a investigadores como a directivos invitándoles a pensar sobre la externalización como un proceso. Para finalizar, se sistematizan las fases de este proceso, desde la identicación inicial de la necesidad de externalizar hasta las consecuencias a largo plazo que pueden asociarse a la decisión de haber externalizado la función de recursos humanos.

Palabras clave: externalización, recursos humanos, outsourcing de recursos humanos y retos.

 

Mireia Valverde
Profesora titular de universidad, investigadora principal del grupo
Factor Humano, Organizaciones y Mercados.
Universitat Rovira i Virgili

Sergi Romeu
Doctorando del programa en Economía y Empresa.
Universitat Rovira i Virgili

José Luis Gascó
Catedrático de Universidad.
Universitat d’Alacant

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
RTSS. CEF. NÚM. 347 (febrero 2012)

Comprar Documento en ceflegal.com

La Seguridad Social de las personas que prestan servicios en el hogar familiar: la incorporación de un sistema especial en la estructura del sistema de la Seguridad Social

El ejercicio 2012 se inicia, respecto de la estructura del sistema de la Seguridad Social, con la integración de dos Regímenes Especiales en el Régimen General: el Régimen Especial Agrario y el de Empleados de Hogar. Esta integración, en ambos casos, se desenvuelve a través de la instauración de un «sistema especial» que implica una modulación de las normas del Régimen General para adecuarlas a las características y peculiaridades en que se desarrolla la prestación de servicios por parte de las personas integradas, y que se traduce en especialidades que, desbordando las limitaciones que han operado en la instauración de sistemas especiales anteriores, alcanzan a cuestiones como la determinación de la cotización o el ámbito de la acción protectora.

El presente estudio se centra en la integración del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar en el Régimen General, integración que, con efectos de 1 de enero de 2012, se efectúa mediante el establecimiento de un sistema especial cuyos términos y alcance vienen fijados en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (disp. adic. 39.ª).

El análisis de las reglas básicas de integración que se contienen en la Ley 27/2011 constituye el objeto básico de este trabajo en el que, con carácter previo, se efectúan algunas consideraciones sobre el anterior Régimen Especial de Empleados de Hogar, el «recorrido» seguido hasta llegar a la integración en el Régimen General, y la nueva regulación laboral de carácter especial aplicada a las personas que prestan servicios en el hogar familiar, dada la vinculación existente entre la aplicación de dicha relación laboral y la inclusión en el nuevo sistema especial.

Palabras clave: empleados de hogar, integración Régimen General, sistema especial y relación laboral especial.

 

José Antonio Panizo Robles
Administrador Civil del Estado
Miembro del Instituto Europeo de Seguridad Social

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
RTSS. CEF. NÚM. 346 (enero 2012)

Comprar Documento en ceflegal.com

Reforma Concursal, Empleo, y Protección de los Créditos Laborales: ¿un derecho de «saldo» («liquidación») o de «resaneamiento» («supervivencia»)?

La Ley Concursal (LC) de 2003 no consiguió cambiar el uso que del concurso de acreedores se venía haciendo en España en los últimos 30 años, de manera que 9 de cada 10 terminan con la liquidación del patrimonio del deudor, cuando la ley quería que la solución normal fuese la conservación de la actividad económica. En cambio, sí consiguió dejar en un segundo plano las cuestiones sociales, dominadas por la lógica mercantil de la regulación llevada a cabo en ese tiempo, con el consiguiente efecto de desprotección de los derechos e intereses de los trabajadores afectados. Por lo tanto, el resultado de una ley llamada a ser, en la formulación teórica de sus promulgadores, un hito jurídico, ha sido, en la práctica, un sonoro fracaso económico con un alto precio social. En suma, hoy por hoy, la práctica totalidad de los concursos terminan con la liquidación del patrimonio del deudor, el cese de actividades económicas, la falta de pago a buena parte de los acreedores y el despido de los trabajadores.

Ahora, la Ley 38/2011, de 10 de octubre, que reforma de manera global, pero no radical, la Ley 22/2003, LC, quiere corregir esas deficiencias. Para ello, comienza reconociendo las graves consecuencias que sobre el empleo tienen los concursos, por lo que pretende llevar a cabo una reforma que mejore notablemente la protección de los trabajadores, elimina algunas de sus contradicciones de regulación e integra una parte importante de sus lagunas jurídicas.

En consecuencia, en este estudio se realiza un análisis detenido de las novedades de la reforma, evidenciando su alcance en el plano positivo-operativo, esto es, para los sujetos interesados en el concurso, tanto en su gestión como en sus efectos. Tras ese análisis, se analiza con una valoración de conjunto de la reforma concursal, tanto en su alcance general como en el plano sociolaboral. La conclusión es que la reforma resuelve algunas cuestiones dudosas de la legislación actual, sin duda. Pero ni lo hace con todas, ni deja de plantear nuevas dudas, ni tampoco servirá, lo que es bastante más importante, para cambiar la experiencia concursal española, que es realmente lo que se necesita. Quizás haya llegado la hora de replantear de un modo radical el sentido del concurso, diferenciándolo netamente de los instrumentos para la solución -previamente al, y fuera del, concurso- de las crisis empresariales a través de su reestructuración.

Palabras clave: insolvencia, proceso concursal, créditos laborales, créditos privilegiados y regulación judicial de empleo.

 

Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático de Derecho del Trabajo
y de la Seguridad Social.
Universidad de Jaén

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
RTSS. CEF. NÚM. 346 (enero 2012)

Comprar Documento en ceflegal.com

Un colchón para la Seguridad Social: el fondo de reserva

El futuro de las pensiones en España es un tema actual que está siendo objeto de debate en distintos foros económicos y que preocupa a los trabajadores de nuestro país y, de una forma especial, a aquellos próximos a jubilarse.

En épocas de crisis económica como la que estamos atravesando en los momentos presentes, el Fondo de Reserva de la Seguridad Social cobra importancia ya que este se creó para garantizar el equilibrio financiero del sistema de pensiones.

¿Cómo se nutre el Fondo de Reserva? ¿En qué se invierten las dotaciones al Fondo?

¿Cuál es su rentabilidad? ¿Qué cobertura daría el Fondo al valor actual actuarial de las altas de pensiones de jubilación? Estas son preguntas que trataremos en el presente artículo.

Palabras clave: Fondo de Reserva, Deuda Pública, rentabilidad del Fondo, valor actual actuarial, prestaciones económicas y cobertura del Fondo.

 

Alicia de las Heras Camino
Subdirectora General de Estudios Económicos del
Instituto Nacional de la Seguridad Social

Delaira López Sanguos
Actuaria de la Seguridad Social

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
RTSS. CEF. NÚM. 346 (enero 2012)

Comprar Documento en ceflegal.com

Distribuir contenido