Articulos jurisprudencia

¿Se pueden utilizar datos reservados o confidenciales para instrumentalizar la defensa en el proceso laboral?

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía/Málaga 515/2020, de 13 de mayo

Francisco Vila Tierno
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Málaga.
Of Counsel GVA & Atencia


¿Es tan saludable el teletrabajo como para imponerlo judicialmente frente al riesgo de contagio?

Objeto del deseo para la mayoría cualificada de la población ocupada (65 %) antes de la pandemia, pero apenas practicado (5%), el teletrabajo ha pasado a formar parte de la vida cotidiana de más de un tercio de las personas trabajadoras en España (34 %). ¿Significa eso que el sueño se ha hecho realidad o, al revés, ha mutado en una «pesadilla»? ¿Es saludable el teletrabajo? El profesor Molina Navarrete, director de nuestra Revista de Trabajo y Seguridad Social.CEF nos ofrece un comentario al respecto.

Prestaciones familiares, «convivencia» y perspectiva de género. A propósito de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 13 de marzo 2020 (rec. 1400/2019)

Prestaciones familiares, «convivencia» y perspectiva de género. A propósito de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 13 de marzo 2020 (rec. 1400/2019)

(Glòria Poyatos i Matas)
Magistrada especialista del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sala Social)

 

«El enfoque jurídico para abordar la cuestión de género en el derecho no ha de ser el de la identidad-diferencia entre mujeres y hombres, sino la jerarquía. Primero está la opresión, la subordinación y después, consecuentemente, las diferencias»
Catherine Mackinon

 

EPI para Letrados de la Administración de Justicia; no y sí para el personal sanitario

Como era de esperar, el aluvión de justas reivindicaciones de medidas de protección de los diversos profesionales en primera línea de fuego contra el nuevo coronavirus, a fin de poner fin al drama específicamente español de la mayor incidencia de contagios en profesionales de todo el mundo, auguraba resoluciones judiciales dispares. Y así está sucediendo. No solo hay contradicciones entre diversos niveles judiciales de un mismo orden –social–, sino entre diversos órdenes judiciales –contencioso y social–, y para el mismo personal, e incluso para una misma empresa. En tiempo de máxima incertidumbre vital (sanitaria, social, económica, laboral, legal), la interpretación jurídica debe ofrecer las máximas certidumbres posibles.

La Justicia obliga a trabajar en servicios de ayuda a domicilio, aun sin mascarillas: ¿derecho de resistencia o deber de sacrificio solidario con aplauso crepuscular?

El IBEX, abanderado de los mercados, está de «subidón» ante los golosos estímulos comprometidos y la banca se congratula porque su presión ha surtido efecto, avalando el Gobierno hasta el 80 % de los préstamos a pymes y autónomos, mientras y miles de profesionales, en la primera línea de lucha contra el virus, cuerpo a cuerpo, sin trinchera, siguen contagiándose por falta de material de protección. Sus continuos «gritos de auxilio» apenas tienen eco, ni siquiera en sede judicial, que, impotente, se limita a sumarse al aplauso por su sacrificio en la luz crepuscular.

El profesor y director de la RTSS.CEF, don Cristóbal Molina Navarrete, nos ofrece un comentario crítico a esta situación de la mano del Auto 276/2020, de 23 de marzo, del Juzgado de lo Social n.º 8 de Santa Cruz de Tenerife, que se ha pronunciado sobre las personas trabajadoras –en su mayoría mujeres–del sector de ayuda a domicilio.

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Los tribunales «le roban la gloria» y se anticipan a dos compromisos del nuevo Gobierno: el despido por absentismo es ya ineficaz por la prevalencia de la Carta Social Europea sobre la ley nacional

1. En materia sociolaboral, y por lo que aquí y ahora interesa, el nuevo Gobierno ha hecho básicamente dos anuncios que deberían ser inmediatos. El primero, más conocido, es derogar, una vez más sucumbiendo a la irresistible tentación de usar el poder de las normas de autoridad unilateral (real decreto-ley), la causa de despido objetivo por absentismo laboral, aun justificado (art. 52 d) ET). La otra, mucho más relevante, por su transcendencia global, aunque menos conocida, la ratificación, finalmente, tras 20 años de promesas incumplidas por todos los gobiernos que desde entonces han sido (da igual el color), de la Carta Social Europea revisada (1996), pues solo tenemos ratificada la vieja «Carta de Turín» de 1961, y del Protocolo de Reclamaciones Colectivas (1996), este último de enorme valor para la acción sindical.

A escasos días de su derogación, el despido por absentismo entra en letra muerta por decisión judicial

A escasos días de su derogación, el despido por absentismo entra en letra muerta por decisión judicial: la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña 274/2020, de 17 de enero, lo declara contrario al Convenio 158 OIT y a la Carta Social Europea.

Juzgando con perspectiva de género, y del niño/a, las prestaciones por riesgo durante la lactancia natural. A propósito de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 17 de diciembre de 2019 (rec. 860/2019)

Lactancia natural. Imagen de la maternidad

Juzgando con perspectiva de género, y del niño/a, las prestaciones por riesgo durante la lactancia natural. A propósito de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 17 de diciembre de 2019 (rec. 860/2019)

Glòria Poyatos i Matas

Magistrada especialista TSJ de Canarias/Las Palmas (Sala Social)

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