RTSS - Revista de Trabajo y Seguridad Social

Diez retos del trabajo en plataformas digitales para el ordenamiento jurídico-laboral español

Las nuevas tecnologías han modificado las formas de prestación de servicios. En el marco de la economía colaborativa han aparecido numerosas plataformas digitales que, mediante el crowdsourcing y la contratación on-demand, han modificado la forma de prestación de servicios. Trabajos realizados por trabajadores por cuenta ajena han sido sustituidos por trabajos de muy corta duración realizados por trabajadores –formalmente considerados– autónomos, provocando una huida del derecho del trabajo. En este contexto, el objeto del presente artículo es analizar los diez retos que el trabajo en plataformas digitales plantea para el ordenamiento jurídico-laboral español. Diez retos relacionados con la necesidad de analizar el modelo de negocio empleado por las plataformas digitales y su impacto en las relaciones laborales, determinar el encaje de las nuevas formas de trabajo en el ordenamiento jurídico-laboral español y repensar las fronteras del derecho del trabajo para garantizar que su objetivo, fijado en el siglo XIX, siga aplicable en el siglo XXI.

Palabras clave: economía colaborativa; trabajo en plataformas digitales; trabajador por cuenta ajena; trabajo autónomo.

Anna Ginès i Fabrellas
Profesora adjunta de Derecho del Trabajo.
ESADE-Universitat Ramon Llull

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RTSS. CEF. NÚMS. 425-426 (agosto-septiembre 2018)

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La Seguridad Social en los presupuestos generales del Estado para 2018

Aunque con retraso, como consecuencia de la prórroga, a partir del 1 de enero de 2018, de los Presupuestos de 2017, contenidos en la Ley 3/2017, de 27 de junio, con fecha 4 de julio de 2018 se ha publicado la Ley 6/2018, de 3 de julio, mediante la que se aprueba la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018.
De acuerdo a las previsiones del artículo 31 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los Presupuestos Generales del Estado constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de los derechos y obligaciones a liquidar durante el ejercicio por cada uno de los órganos y entidades que forman parte del sector público. En función de ello, la Ley 6/2018 contiene las autorizaciones de gastos y las previsiones de ingresos, cuyos componentes fundamentales, en el ámbito de la Seguridad Social, son, por la parte de los gastos, los correspondientes a las pensiones, mientras que la fuente principal de cobertura financiera está constituida por las cotizaciones.
En virtud de ello, el Título IV de la Ley 6/2018 está dedicado a la revalorización de las prestaciones, al tiempo que en el Título VIII se recogen las bases, los tipos y otras especialidades relativas a la cotización a la Seguridad Social, si bien, mientras que en este apartado –las cotizaciones sociales– las novedades que incorpora la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 son escasas, puesto que la determinación de la mayor parte de los componentes de la cotización ya se habían aprobado previamente, a través de la Orden ESS/55/2018, de 26 de enero, por el contrario y respecto de la revalorización de las pensiones, la Ley de Presupuestos contempla una mejora sustancial de las mismas, rompiendo de esta forma la rígida aplicación del denominado «índice de revalorización», regulado en el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social, y que había supuesto una revalorización del 0,25 %, durante los ejercicios económicos 2014-2017.
Además, y como es habitual, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 no se limita al establecimiento de las autorizaciones de gasto o las previsiones de ingresos, sino que, como consecuencia de su carácter de ley material, regula otras cuestiones relativas a la Seguridad Social, en los ámbitos de la acción protectora, la gestión, el programa de la tarjeta social universal o la regulación de determinados regímenes especiales, cuestiones todas ellas que se analizan en el presente trabajo.

Palabras claves: Seguridad Social; cotización; gestión; información; regímenes especiales; revalorización.

José Antonio Panizo Robles
Funcionario perteneciente al Cuerpo Superior
Técnico de la Administración del Estado

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Avances en la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo: algunos apuntes sobre la Directiva (UE) 2017/2398 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12/12/2017

La prevención en el terreno del cáncer de origen profesional o cuya conexión con el trabajo se sospecha ocupa un lugar destacado en la agenda europea en la actualidad. A una prevención más centrada en la lucha contra las enfermedades derivadas del trabajo se unen medidas específicas destinadas a la protección de la seguridad y salud frente a los agentes carcinógenos o mutágenos. La protección en este terreno se centra en la fijación de valores límite. La Directiva 2017/2398 supone un avance notable en cuanto al número de agentes contemplados y la fijación de valores más estrictos. No obstante, la conexión de esta parcela de la seguridad y salud con los avances científicos y tecnológicos hace que también se haya considerado conveniente aludir al principio de cautela, que esencialmente ha de inspirar la actuación de la Unión en el avance imparable hacia la mejora constante de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Ahora bien, en el ámbito empresarial, el principio debe delimitarse respecto a los exigentes deberes empresariales en orden a la evitación, sustitución y evaluación del riesgo de la exposición a agentes carcinógenos. En este sentido, la directiva incide en aspectos relevantes, ya vigentes en derecho interno, como la prolongación de la vigilancia de la salud más allá de la finalización de la exposición o la necesidad de seguir avanzando en la investigación, prevención y protección del derecho a la reproducción de los trabajadores.

Palabras clave: agentes carcinógenos y mutágenos; principio de cautela; valores límite; vigilancia de la salud.

María Teresa Igartua Miró
Profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Sevilla

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Nuevamente sobre el contenido de la carta de despido realizado en ejecución de un despido colectivo. ¿Controversia agotada?

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 397/2018, de 16 de abril

Martín Godino Reyes
Abogado.
Profesor de Derecho del Trabajo.
Universidad Carlos III

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Afectación de trabajadora embarazada por un despido colectivo: nuestra tutela «preventiva» es insuficiente

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero de 2018, asunto C-103/16

José Antonio Fernández Avilés
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Granada

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Falta de llamamiento colectivo de trabajadores fijos discontinuos: obligación de someterse al procedimiento del artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores cuando subyacen causas económicas

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 227/2018, de 28 de febrero

Beatriz Pérez Heredia
Magistrada de Sala de lo Social.
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

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Inexistencia de causa de discriminación en la exclusión de trabajadores mayores de 50 años en el ámbito de aplicación de un despido colectivo

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 872/2017, de 14 de noviembre

Antonio Folgoso Olmo
Abogado

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La última batalla entre el derecho laboral y concursal: la transmisión de empresas en situación de concurso

Comentario a las Sentencias del Tribunal Supremo 455/2018, de 26 de abril, y 209/2018, de 27 de febrero

Salvador Beltrán Sánchez
Abogado

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